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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

SEC06-Preguntas formuladas por miembros de la Corporación

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SEC06-Preguntas formuladas por miembros de la Corporación

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

DEFINICIÓN DEL TRÁMITE

Pregunta, es cualquier cuestión planteada a los órganos de gobierno en el seno del Pleno relativa a la actuación de los miembros del equipo de gobierno y la gestión política o administrativa de que sean responsables. Tendrán esta misma consideración las interpelaciones que versen sobre los motivos o propósitos de la actuación del Alcalde, de la Junta de Gobierno Local o de alguna Concejalía-Delegada en cuestiones de política general.

Las preguntas presentadas por escrito con setenta y dos horas de antelación al inicio de una sesión ordinaria, serán contestadas en la misma por el orden de su presentación, sin perjuicio de la acumulación de las relativas al mismo objeto o materia. En otro caso o cuando el destinatario pida justificadamente el aplazamiento de la misma, se contestarán en la sesión siguiente.

Cuando se pretenda la respuesta oral ante el Pleno, el escrito no podrá contener más que la escueta y estricta formulación de una sola cuestión, interrogando sobre un hecho, una situación o una información, sobre si el gobierno municipal ha realizado o va a realizar alguna acción en relación con un asunto.

También podrán formularse preguntas a responder por escrito, que tendrán que ser contestadas en el plazo máximo de un mes, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

QUIÉN PUEDE PRESENTARLO

Todos los Concejales podrán formular preguntas, oralmente o por escrito, relativos a la actuación de los miembros del equipo de gobierno y la gestión política o administrativa de que sean responsables. 

CUÁNTAS PREGUNTAS SE PUEDEN PRESENTAR

Salvo que la Junta de Portavoces determine un número mayor para determinadas sesiones, se establece un número máximo de dos preguntas por cada Concejal en cada sesión, pudiendo acumularse este límite para las formuladas por cada grupo municipal. 

LEGISLACIÓN APLICABLE

CÓDIGO SIA (SISTEMA DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA)

2512857

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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