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EDU02-Solicitud de plaza escolar en Educación Secundaria obligatoria (ESO) - BACH. en Período Extraordinario

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EDU02-Solicitud de plaza escolar en Educación Secundaria obligatoria (ESO) - BACH. en Período Extraordinario

A partir del 17/08/2026 0:00

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

 Solicitud de plaza escolar en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) - Bachiller, en período extraordinario, de aquellos alumnos o alumnas que lleguen de otras poblaciones o no hayan presentado solicitud en el plazo ordinario y no tengan puesto escolar.

Si va a matricular a los alumnos  en la eso ( hasta 4º de eso), tiene que elegir obligatoriamente una de las dos lenguas base, el castellano o el valenciano. En el caso de matriculares en bachiller, la única lengua base de elección será el castellano.

DOCUMENTOS A PRESENTAR

  • Solicitud.
  • DNI, NIE, Pasaporte o cualquier otro documento identificativo de identidad del país de procedencia del padre, madre, tutor o representante legal.
  • Acreditación de la residencia en San Vicente del Raspeig: recibo reciente de agua, luz o teléfono, contrato de alquiler o contrato de compraventa de inmueble, a nombre del padre, madre o representante legal, o certificado de empadronamiento. Si no se acreditase, la Comisión Municipal de Escolarización podrá desestimar la asignación de plaza escolar.
  • Filiación familiar: Libro de Familia o documento equivalente, Registro Civil del nacimiento, certificado de nacimiento o cualquier otro documento oficial en el que aparezca especificado el nombre y apellidos del/de la alumno/a, fecha y lugar de nacimiento y la filiación.
  • Autorización de escolarización de la otra persona progenitora o tutor/a legal, sea conviviente o no conviviente, diferente de la persona que realiza la solicitud.

Si es su caso se aportará:

  • Sentencia de divorcio o auto de convenio regulador.
  • Resolución de acogimiento familiar / adopción.

En los casos en los que no sea posible aportar la autorización de escolarización de la otra persona progenitora debido a la no convivencia de los progenitores por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas, o limitación de la patria potestad de uno de ellos, se deberá aportar declaración jurada firmada por la solicitante manifestando la imposibilidad obtener de dicha autorización.

A fin de preservar el interés superior del menor y su derecho a la educación, en los casos de discrepancia entre los progenitores o tutores legales, y hasta que alguno de ellos aporte un pronunciamiento judicial o acuerdo que clarifique a quién le corresponde decidir sobre la escolarización del menor, como criterio general, se dará prioridad al progenitor/a o tutor/a legal que ostente la guarda y custodia, y si esta fuera compartida, al progenitor/a o tutor/a legal que comparta empadronamiento con el menor.

El resto de la documentación se presentará en el Centro Docente asignado en el momento de formalizar la matrícula.

DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD

  • Electrónicamente: En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a través de este trámite habilitado para ello. Únicamente se necesita certificado digital del padre, madre o tutor legal.
  • Presencialmente:  En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), previa solicitud de cita previa http://citaprevia.raspeig.es:10090/QSIGE/apps/citaprevia/index.html#!/es/home

NORMATIVA APLICABLE

  • RESOLUCIÓN de 28 junio de 2018, de la Subsecretaría de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se dictan las instrucciones para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat.
  • DECRETO 48/2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunidad Valenciana.
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto 48/2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación secundaria obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunitat Valenciana. Criterios para la valoración de las solicitudes.
  • ORDEN 8/2024, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana.
  • RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2026, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se establece el calendario y se dictan instrucciones respecto al procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, para el curso 2026-2027.
  • RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2026, de la Dirección General de Centros Docentes, por la cual se hace público el resultado del sorteo a que hace referencia el artículo 38 del Decreto 48/2024, que regula la admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, para el curso 2026/2027.
  • RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la cual se dictan instrucciones para su aplicación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana ante varios supuestos de no convivencia de los progenitores por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas. 

CÓDIGO SIA

2512668

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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