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La convocatoria tiene por objeto el proceso de selección de empresas y, el consiguiente contrato, para adjudicar la utilización de los espacios libres del VIVERO DE EMPRESAS del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
Personas físicas o jurídicas habilitadas legalmente para el ejercicio de las funciones declaradas, seleccionados conforme al Art. 4 del Reglamento del Vivero de Empresas del Ayuntamiento de san Vicente del Raspeig.
El Vivero está destinado a empresas de nueva o reciente creación que vayan a desarrollar una actividad novedosa o innovadora en San Vicente del Raspeig, debiendo ser objeto de especial valoración en el procedimiento de selección de los aspirantes la generación de puestos de trabajo y la diversificación del tejido empresarial del Municipio. Se entenderán como empresas de nueva o reciente creación aquéllas constituidas o con un inicio de actividad no superior a 3 años hasta la fecha de presentación de la solicitud de instalación en el Vivero.
Serán candidatas microempresas y/o emprendedores según lo establecido en el Art. 4.2 del citado Reglamento.
Desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y según los términos fijados en la Convocatoria.
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig https://raspeig.sedipualba.es/.
Aquellas personas a las que hace referencia el artículo 14.1. de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán optar por presentar la solicitud en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en la Plaza de la Comunitat Valenciana de San Vicente del Raspeig, con cita previa.
Concluido el proceso de selección, la Comisión Mixta elabora la correspondiente propuesta de adjudicación y a través de la Concejalía Delegada, la eleva a la Junta de Gobierno Local, quien procederá a realizar la asignación definitiva de los espacios, basándose en los resultados del baremo aplicado.
La resolución íntegra se notificará a los solicitantes, comunicando los plazos para presentación de la documentación necesaria y formalización del correspondiente contrato. En particular, se exigirá la acreditación documental de los datos expuestos en la declaración responsable.
Un vez comunicada la decisión del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, de conceder la adjudicación del local a la empresa y aportada la documentación requerida en el art. 5.3 del Procedimiento de admisión y selección de de proyectos empresariales para la adjudicación de los espacios del Vivero de Empresas, se procederá a firmar el contrato de prestación de servicios ( según condiciones establecidas en el Título III del Reglamento citado) que les unirá con la Entidad Local, en un plazo máximo de un mes, debiendo realizarse la instalación en el vivero en el plazo máximo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la firma del contrato, previa obtención de las autorizaciones administrativas pertinentes.
En el caso de que una empresa renuncie al espacio una vez le haya sido concedido o se agote el periodo de reserva, perderá todo derecho sobre el mismo pasándose a estudiar nuevas solicitudes o, en caso de concurrencia, se propondrá su adjudicación al siguiente proyecto más puntuado en la baremación.