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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

DEP08-Exención/bonificación servicio escuelas deportivas municipales y otros servicios deportivos - utilización instalaciones deportivas municipales (personas físicas)

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DEP08-Exención/bonificación servicio escuelas deportivas municipales y otros servicios deportivos - utilización instalaciones deportivas municipales (personas físicas)

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Exención/bonificación servicio escuelas deportivas municipales y otros servicios deportivos - utilización instalaciones deportivas municipales (personas físicas)

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Lo pueden solicitar: 

  • Mayores de 65 años.
  • Pensionistas que tengan reconocida la situación de “Incapacidad Permanente Absoluta” o “Gran Invalidez”, por la Tesorería General de la Seguridad Social o por sentencia judicial firme.
  • Pensionistas con un grado de invalidez igual o superior al 65%.
  • Pensionistas por viudedad.
  • Pensionistas por orfandad menores de edad.
  • Los cónyuges o parejas de hecho de las personas que hayan cumplido 65 años o de los pensionistas (por Incapacidad Permanente Absoluta o “Gran Invalidez” o con un grado de invalidez igual o superior al 65%).
  • Alumnos admitidos en los cursos de Deporte y Natación Adaptada.
  • Los estudiantes de 15 hasta 25 años.
  • Usuarios del servicio de escuelas deportivas que en el momento de la inscripción en escuelas deportivas de niños o escuela de verano “ESTIUXIC”, tengan hermanos también inscritos en el mismo tipo de escuela.
  • Las víctimas violencia de género y sus descendientes.
  • Las personas que tengan un grado de discapacidad igual o mayor al 33%.
  • Las personas que se encuentren en situación de desempleo durante un periodo superior a seis meses.
  • Los jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambos inclusive que sean titulares del Carnet Jove.
  • Los miembros de familias numerosas.
  • Los miembros de familias monoparentales.
  • Las personas que se encuentren en riesgo exclusión social.
  • Las personas con necesidades especiales o que por cualquier motivo de carácter físico justifiquen a través de prescripción facultativa el beneficio del uso de la instalación Piscina Climatizada para su tratamiento médico.
  • Los deportistas de alto nivel.
  • Los deportistas de élite alta competición de la Comunitat Valenciana.

PLAZO DE SOLICITUD

Todo el año.

Excepción: Usuarios que en el momento de la inscripción en escuelas deportivas de niños o escuela de verano “ESTIUXIC”, tengan hermanos también inscritos en el mismo tipo de escuela. En estos casos la solicitud de bonificación deberá hacerse al formalizar la inscripción. 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud de exención/bonificación.
  • En caso de actuar en representación de menores de edad: Libro de Familia
  • En caso de actuar en representación de persona física (exceptuados menores de edad): Autorización de representación o cualquier otro documento que acredite la representación en los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Mayores de 65 años: presentación del DNI/NIE.
  • Pensionistas que tengan reconocida la situación de “Incapacidad Permanente Absoluta” o “Gran Invalidez”, por la Tesorería General de la Seguridad Social o por sentencia judicial firme: documento acreditativo de esta situación expedido por el órgano competente (resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social o sentencia judicial firme).
  • Pensionistas con un grado de invalidez igual o superior al 65%: documento acreditativo de esta situación expedido por el órgano competente, donde conste el grado de discapacidad.
  • Pensionistas por viudedad: libro de familia o de certificado de defunción del cónyuge.
  • Pensionistas por orfandad menores de edad: libro de familia o el certificado de defunción del padre, madre o tutor legal.
  • Los cónyuges o parejas de hecho de las personas que hayan cumplido 65 años o de los pensionistas (por Incapacidad Permanente Absoluta o “Gran Invalidez” o con un grado de invalidez igual o superior al 65%): la documentación requerida para cada uno de los casos de exención así como el libro de familia o el certificado en el registro autonómico o municipal de uniones de hecho o el certificado de convivencia del padrón municipal.
  • Los estudiantes de 15 hasta 25 años: certificado de matriculación en ESO, bachillerato, formación profesional (módulos formativos), estudios universitarios (primer y segundo ciclo, grado, máster y doctorado).
  • Usuarios del servicio de escuelas deportivas que en el momento de la inscripción en escuelas deportivas de niños o escuela de verano “ESTIUXIC”, tengan hermanos también inscritos en el mismo tipo de escuela: libro de familia.
  • Las víctimas de violencia de género y sus descendientes: La Concejalía de Deportes solicitará informe al Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
  • Las personas que tengan un grado de discapacidad igual o mayor al 33%: documentación que acredite tal condición (resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social,…)
  • Las personas que se encuentren en situación de desempleo durante un periodo superior a seis meses: certificado actualizado de la Seguridad Social que acredite dicha condición y periodo.
  • Los jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambos inclusive que sean titulares del Carnet Jove: Carnet Jove en vigor.
  • Los miembros de familias numerosas: el título o carnet de familia numerosa en vigor.
  • Los miembros de familias monoparentales: el título o carnet de familia monoparental en vigor.
  • Las personas que se encuentren en riesgo exclusión social: informe emitido por el departamento de Servicios Sociales del municipio en que se la persona esté empadronada.
  • Las personas con necesidades especiales o que por cualquier motivo de carácter físico justifiquen a través de prescripción facultativa el beneficio del uso de la instalación Piscina Climatizada para su tratamiento médico: prescripción facultativa del beneficio del uso de la instalación Piscina Climatizada para tratamiento médico.
  • Los deportistas de alto nivel: documento acreditativo de tal condición.
  • Los deportistas de élite alta competición de la Comunitat Valenciana: documento acreditativo de tal condición.

DÓNDE PRESENTARLO

Presencialmente: en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en la Plaza de la Comunitat Valenciana, 1, de San Vicente del Raspeig, con cita previa.

Electrónicamente: en la sede Electrónica de este Ayuntamiento https://raspeig.sedipualba.es/

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

  • Cualquier bonificación o exención en los precios públicos establecidos en la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de escuelas deportivas municipales y otros servicios deportivos o por la utilización de instalaciones deportivas municipales deberá solicitarse de forma expresa por los interesados mediante solicitud dirigida al Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, que resolverá reconociendo o no dichos beneficios. El solicitante deberá aportar con la solicitud la documentación acreditativa correspondiente en el caso de que manifieste expresamente su oposición a que la administración actuante pueda consultar o recabar datos y documentos de cualquier Administración, o en el caso de que la administración actuante no pueda por cualquier motivo consultar o recabar los datos y documentos acreditativos correspondientes.
  • Los documentos requeridos para cada exención o bonificación deberán presentarse junto con la solicitud.
  • Las exenciones o bonificaciones no tendrán carácter retroactivo.
  • La aplicación de las bonificaciones no será acumulativa, aplicándose únicamente la de mayor beneficio para el usuario.
  • La condición de beneficiario de exención tendrá vigencia desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la exención, y durante el periodo en que permanezcan en la situación respectiva. En el caso de deportistas de alto nivel y deportistas de élite alta competición de la Comunitat Valenciana: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la exención y hasta la pérdida de tal condición de acuerdo con lo dispuesto en Real Decreto correspondiente.
  • La condición de beneficiario de bonificación tendrá la siguiente vigencia:
    • Estudiantes de 15 hasta 25 años: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la bonificación y hasta que finalice el curso escolar o académico en que se encuentre matriculado.
    • Usuarios del servicio de escuelas deportivas que en el momento de la inscripción en escuelas deportivas de niños o escuela de verano “ESTIUXIC”, tengan hermanos también inscritos en el mismo tipo de escuela: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la bonificación y limitado a la duración del correspondiente tipo de escuela en la que se haya matriculado.
    • Víctimas violencia de género y sus descendientes así como personas que se encuentren en riesgo exclusión social: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la bonificación y durante el periodo en que permanezcan en situación.
    • Personas que tengan un grado de discapacidad igual o mayor al 33%, pensionistas y/o mayores de 65 años relacionados en el artículo de exenciones que se matriculen de una segunda actividad deportiva o más, así como personas con necesidades especiales o que por cualquier motivo de carácter físico justifiquen a través de prescripción facultativa el beneficio del uso de la instalación Piscina Climatizada para su tratamiento médico: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la bonificación y durante el periodo en que tengan reconocida dicha situación.
    • Personas que se encuentren en situación de desempleo durante un periodo superior a seis meses: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la bonificación y con fecha de caducidad de 31 de diciembre de ese mismo año.
    • Jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambos inclusive que sean titulares del Carnet Jove, así como miembros de familias numerosas o de familias monoparentales: desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la bonificación y durante el periodo de vigencia de dicho carnet.
  • Los usuarios deberán informar en el momento en que dejen de concurrir en ellos los requisitos para gozar de las bonificaciones, para que tales beneficios sean anulados en su ficha.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

CÓDIGO SIA

2965812

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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