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Constituye el objeto de estos trámites la gestión de alta y baja (a petición de interesado) como usuario y el pago del precio publico correspondiente para la utilización por los particulares de los aparcamientos municipales subterráneos. Están obligados al pago del precio público estipulado en la ordenanza municipal los usuarios de los vehículos que se beneficien del servicio municipal de aparcamientos con carácter rotatorio, bien sea en calidad de usuarios con abono o sin él.
Personas tantos físicas como jurídicas, que deseen hacer uso del servicio de aparcamiento en su modalidad de abono permanente o abono mensual / semanal. Deberá abonar la tasa correspondiente
TODO EL AÑO
Si la presentación es de forma presencial
Si la presentación es telemática
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig https://raspeig.sedipualba.es/ o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento del Raspeig (CIVIC), con cita previa
Con la solicitud de alta del abono del parking, se abonarán la cuota correspondiente a 2 meses, incluido aquel en el que se solicita. Las sucesivas cuotas podrán gestionarse mediante recibo derivado de padrón. Se devengarán al inicio de cada mes, efectuándose su pago por domiciliación bancaria dentro de los cinco primeros días del mes respectivo.
Si el alta se de forma telemática en el mismo trámite se abonarán las dos mensualidades.
En el caso de hacerlo de forma presencial: deberá solicitar las cartas de pago en centralita del parking o en el correo electrónico parking@raspeig.org.
Las sucesivas cuotas podrán gestionarse mediante recibo derivado de padrón. Se devengarán al inicio de cada mes, efectuándose su pago por domiciliación bancaria dentro de los cinco primeros días del mes respectivo. A tales efectos, los meses serán naturales, prorrateándose por quincenas la cuota del mes en que se cause alta.
El impago de una cuota implicará la cancelación automática y la pérdida de los derechos de abono.
Tarjeta Apertura Parking : 5,00 €
En el momento del alta se abonará 2 meses, salvo que el alta se produzca en la segunda quincena del mes, en cuyo caso se abonará la cuantía correspondiente a mes y medio. A partir del tercer mes el importe se domiciliará en la cuenta indicada.
Los importes son IVA incluido
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE APARCAMIENTOS SUBTERRÁNEOS MUNICIPALES POR GESTIÓN DIRECTA (BOPA Nº 249 DE 31/12/2021)
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