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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

SER13-Subvenciones a asociaciones y entidades para la realización de actuaciones de interés social

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SER13-Subvenciones a asociaciones y entidades para la realización de actuaciones de interés social

Desde el día 27/03/2024 hasta el día 26/04/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

 Las subvenciones tienen por objeto financiar el desarrollo de los siguientes programas, proyectos o actuaciones dirigidas a cualquiera de los colectivos socialmente desfavorecidos y en riesgo de exclusión social, que se señalan a continuación: infancia, mujer, mayores, discapacitados, drogodependientes, minorías étnicas, inmigrantes y otros colectivos en situación de desigualdad social (transeúntes, reclusos, ex reclusos..) o en riesgo de padecerla.

 En cualquier caso las actuaciones y programas deben tener como finalidad la prevención e inserción social, integración social, inserción socio-laboral, promoción y/o sensibilización y cualquier otra acción encaminada a fomentar la intervención social de colectivos en riesgo de exclusión social. 

El procedimiento será en régimen de concurrencia competitiva en proceso selectivo único. 

En cuanto a la justificación, ésta se realizará en fecha y forma establecida en la convocatoria. 

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

1.- Podrán solicitar subvenciones las entidades, que reúnan los siguientes requisitos: 

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Tener entre sus fines estatutarios la atención a los colectivos mencionados en el punto primero de la Convocatoria. 

c) Que desarrollen sus actividades dentro del ámbito territorial municipal o que atiendan a población residente del municipio (en este último caso se deberá acreditar la atención prestada a vecinos del municipio de San Vicente del Raspeig y el número de vecinos atendidos). 

d) Encontrarse inscrita en el registro Municipal de Asociaciones y/o registro de la Comunidad Valenciana y/o en el registro de titulares de actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Conselleria.

PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 27 de marzo al 26 de abril de 2024.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Junto con la solicitud debidamente firmada (por medio de algunos de los sistemas de firma electrónica admitidos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig), deberá acompañarse la siguiente documentación en formato PDF: 

a) Estatutos de la entidad 

b) Memoria de actividades. En particular aquellas actividades y/o servicios que se ofrecerán a los vecinos de San Vicente del Raspeig. 

c) Certificado acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana y/o en el registro de titulares de actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. 

d) Memoria Técnica descriptiva de la/s actuación/es para las que se solicita la subvención, con indicación en su caso de la fecha de inicio y terminación de las mismas y Presupuesto detallado de costes y financiación previstos por actividades y partidas del Proyecto/Programa/Memoria para la que se solicita la subvención, debiendo realizarse según modelo normalizado (Memoria técnica SER13/A) que se adjunta a esta Convocatoria y que se encuentra en la sede electrónica de este Ayuntamiento. 

Debiendo realizarse una valoración estimada de las aportaciones del solicitante por conceptos tales como infraestructura, personal, etc. y la parte que se solicita como subvención. En el Proyecto solo se incluirán solamente los gastos que se consideren subvencionables según la presente convocatoria. 

e) Declaración responsable, formulario acreditativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones y asunción de obligaciones o compromisos, exigidos en la normativa de aplicación y en la presente convocatoria debiendo realizarse según formulario accesible al cumplimentar el trámite telemático. 

f) Si el importe de la subvención solicitada es de cuantía superior a 3.000 euros, deberá aportarse certificaciones acreditativas de hallarse al corriente, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y local, y en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social aportando los correspondientes documentos emitidos por los órganos competentes. 

En el caso del certificado de la hacienda local se solicitará de oficio por el órgano instructor del presente expediente de subvenciones. 

g) En caso de no tener cuenta bancaria actualizada en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, deberán cumplimentar el trámite << Cuenta a cobrar del Ayuntamiento (Personas Jurídicas) >>y aportar el correspondiente justificante.

DÓNDE PRESENTARLO

En la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través del trámite habilitado para la solicitud de estas subvenciones.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

A modo orientativo, serían subvencionables los programas y actuaciones que vayan destinadas a personas que se encuentran en las siguientes situaciones o circunstancias, (referencia tomada de Fundación Encuentro Informe España 2001 “Los perfiles de exclusión social”): 

- Laboral.

- Familias con menores, cuyos adultos se encuentran en situación de desempleo. 

- Jóvenes parados o procedentes de fracaso escolar. 

- Parados de larga duración sin cobertura o cobertura mínima. 

- Formativa: 

  • Personas con escasa o muy baja cualificación.
  • Menores que presentan absentismo escolar.

- Étnica, de ciudadanía y de género: 

  • Inmigrantes sin regularizar.
  • Mujeres inmigrantes.
  • Población gitana.
  • Mujer victima de malos tratos.
  • Madres solas, jóvenes y de renta baja.
  • Personas ligadas al cuidado de personas dependientes.

- Sociosanitaria: 

  • Personas con discapacidad y/o enfermedad crónica.
  • Enfermos mentales.
  • Personas drogodependientes.
  • Personas mayores en situación de dependencia y con pocos ingresos.

- Espacial y Habitativa:

  • Habitantes de barrios y zonas rurales deprimidas.
  • Colectivos sin techo.

- Penal: 

  • Presos y ex-presos.

- Otras: 

  • Menores en familias con bajos ingresos y desectructuradas.

En la presente convocatoria se consideran gastos subvencionables, en los términos del art. 31 de la OGS los siguientes:

a) Los gastos de diseño, desarrollo, perfeccionamiento, modificación y/o mantenimiento de páginas webs y portales en internet. 

b). Los gastos ordinarios de la entidad ( luz, agua, telefonia ..) hasta un máximo total anual de 400€ indistintamente del tipo de gasto a justificar . 

c) Equipos materiales y suministros: alquiler de equipos y bienes muebles necesarios para el desarrollo de las actividades. Materiales fungibles y adquisición, producción y edición de materiales. 

d) Gastos de publicidad relacionado con el proyecto, hasta un máximo del 10% del coste total de la actividad a subvencionar. 

e) Gastos de personal: nóminas, seguros sociales y retenciones IRPF de personas contratadas para llevar a cabo las actividades previstas en el proyecto. 

f) Gastos derivados de prestación de servicio y que se encuentren directamente relacionadas con la actividad subvencionada. 

g) Gastos de desplazamiento mediante la correspondiente factura de transporte. 

h) Viajes, alojamiento y dietas de personal o voluntariado o beneficiarios en caso de desplazamientos. En el caso de desplazamientos con vehículo propio se considerará justificable la cantidad de 0,19 €/Km.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

Las bases reguladoras de la subvención objeto de esta convocatoria fueron aprobadas a través de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig mediante acuerdo de Pleno de fecha 25 de febrero de 2015 y publicadas en el BOPA nº 83 el día 4 de mayo de 2015

CÓDIGO SIA (Sistema de Información Administrativa)

2868240

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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