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El objeto del concurso es seleccionar a los artistas y proyectos para la construcción, "plantà" y "cremà" de las hogueras oficiales adulta e infantil de San Vicente del Raspeig y demás trabajos necesarios para sus correctas ejecuciones, en las Fiestas de Hogueras y Barracas de San Vicente 2024.
La construcción y ejecución de las hogueras se realizarán de conformidad con la propuesta técnico-artística presentada y premiada en este concurso y siempre respetando las condiciones impuestas por el Pliego de Condiciones Técnicas que ha sido aprobado conjuntamente con las presentes bases y que figura como anexo de las mismas (modelo Anexo I).
Podrán participar cuantos artistas-constructores de hogueras estén interesados en este concurso y cumplan las condiciones necesarias para contratar con la Administración.
El plazo de presentación de proyectos en ambas modalidades es de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las presentes bases en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica.
a) Solicitud: En ella figurarán los datos del participante y la absoluta conformidad y aceptación de las bases del concurso y del pliego de prescripciones técnicas.
b) Bocetos: Se presentarán dos bocetos (parte delantera y posterior de la hoguera) en archivo pdf. Las imágenes serán a todo color, en sentido vertical y en los que constará su escala. El tamaño de la imagen no sobrepasará las medidas de 50 cm x 70 cm.
c) Tema y lema:
d) Datos técnicos y económicos: Se facilitará una memoria lo más detallada posible de los aspectos técnicos de la hoguera, con indicación de los materiales que se utilizarán en su construcción, ensamblaje de las piezas de la hoguera y forma de realizar la plantà.
También se harán constar los medios personales y materiales de que dispone el artista-constructor para la construcción y ejecución de la hoguera oficial, con indicación de los nombres y D.N.I. de los trabajadores a su cargo y de la ubicación y superficie del local en el que se realizarán los trabajos de construcción.
e) Documentación:
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
e-1.- Currículum vitae, en el que se hará mención expresa de las hogueras construidas y de los premios obtenidos por el artista en concursos sobre construcción y ejecución de hogueras.
e-2.- Declaración expresa responsable, firmada por el concursante, junto a la solicitud de participación relativos a:
- Disponer de capacidad de con la Administración y la habilitación profesional que fuera necesaria, en su caso.
- No estar incurso en las prohibiciones para contratar establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público hallándose al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social.
- Haber tenido en cuenta en la redacción del Proyecto las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos y protección del medio ambiente.
- Comprometerse al cumplimiento del Pliego de Condiciones Técnicas, en el modelo que figura conjuntamente con la carta de solicitud (Anexo I).
e-3.- Memoria explicativa de la hoguera y los datos técnicos y documentación requerida se incluirán en un sobre con la siguiente leyenda: “Concurso para la construcción y ejecución de las hogueras oficiales de San Vicente del año 2024”. Este sobre se presentará acompañado de los bocetos.
En la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a través del trámite específico habilitado para ello.
1.- Los autores de los proyectos de la hoguera oficial adulta y hoguera oficial infantil que resulten seleccionados en primer lugar por el Jurado del concurso, serán contratados por el Ayuntamiento para construirlos y ejecutarlos en las Fiestas de Hogueras y Barracas de San Vicente, con arreglo al pliego de condiciones técnicas, por los siguientes importes:
2.- Los contratos que se suscriban al efecto, se clasifican como contratos menores de la Administración, conforme a lo establecido en Ley 9/2017 de 8 de noviembre, Contratos del Sector Público.
3.- En lo relativo al seguimiento e inspección de estos contratos se estará a lo dispuesto en la cláusula quinta del pliego de prescripciones técnicas que regirá la adjudicación de los respectivos contratos.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.