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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

CUL03-Subvenciones para la realización de actuaciones de carácter cultural

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CUL03-Subvenciones para la realización de actuaciones de carácter cultural

Desde el día 31/05/2024 hasta el día 31/07/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

La solicitud de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,  a favor de entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro, personas físicas y entidades musicales, que teniendo como finalidad la creación, producción y difusión de iniciativas artísticas y/o el fomento de la cohesión social y cooperación mediante iniciativas culturales, realicen actuaciones en el término municipal de San Vicente del Raspeig. 

Estas subvenciones tienen por objeto financiar el desarrollo de los siguientes programas, proyectos o actuaciones: 

LINEA 1.- ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES CULTURALES. El objeto de esta línea es financiar iniciativas culturales que desarrollen el fomento de la cohesión social y cooperación.

 LINEA 2.- PERSONAS FÍSICAS. El objeto de esta línea es financiar las actividades relacionadas con la creación, producción y difusión de iniciativas artísticas, relacionadas con la Cultura. 

LÍNEA 3.- ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES CULTURALES DE CARÁCTER MUSICAL. El objeto de esta línea es financiar iniciativas, proyectos y actividades que desarrollen el fomento de la cohesión social, y el mantenimiento de centros de enseñanza no reglada de música del curso correspondiente.

CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA

1.- La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 78.284,80.-€, con cargo a la aplicación presupuestaria 43.3300.48900 de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig para el año 2024. 

2.- La cuantía total máxima de las subvenciones objeto de esta convocatoria es de 78.284,80.-€ 

3.- La distribución de las líneas de subvención es la siguiente:

  • LINEA 1.- ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES CULTURALES. DESARROLLO DEL FOMENTO DE LA COHESIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN MEDIANTE PROYECTOS DE ACTIVIDADES CULTURALES. 
    • La cuantía total máxima destinada a esta línea es de 24.576,00 €,
  • LINEA 2.- PERSONAS FÍSICAS. DESARROLLO DE LA CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE INICIATIVAS ARTÍSTICAS. 
    • La cuantía total máxima destinada a esta línea es de 5.120,00 €,
  • LÍNEA 3.- ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES CULTURALES DE CARÁCTER MUSICAL. DESARROLLO DEL FOMENTO DE LA CULTURA MUSICAL A TRAVÉS DE ESCUELAS DE MÚSICA Y DE PROYECTOS DE ACTIVIDADES MUSICALES. 
    • La cuantía total máxima destinada a esta línea es de 48.588,80€,

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Subvenciones a favor de entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro, personas físicas y entidades musicales, que teniendo como finalidad la creación, producción y difusión de iniciativas artísticas y/o el fomento de la cohesión social y cooperación mediante iniciativas culturales, realicen actuaciones en el término municipal de San Vicente del Raspeig. 

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN 

1.- Podrán solicitar subvención las asociaciones y/o entidades culturales que reúnan los siguientes requisitos: 

  • Tener entre sus fines estatutarios la realización de actividades relacionadas con el proyecto subvencionable.
  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Tener su domicilio social y que su ámbito de actuación se circunscriba al Municipio de San Vicente del Raspeig.

2.- Podrán solicitar subvención las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Personas físicas nacidas en el municipio de San Vicente del Raspeig y que hayan residido al menos 10 años en el municipio, o bien que acrediten su residencia continuada en este municipio al menos en los tres últimos años.

3.- En particular, no podrán obtener la condición de beneficiarios de la subvención, en quienes concurran cualquiera de las circunstancias siguientes: 

  • Estar incurso en causa de reintegro en los términos del artículo 37 de la Ley General de Subvenciones por cualquier subvención económica concedida por este Ayuntamiento o sus Entidades dependientes.
  • No hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, respecto al Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig o Entidades dependientes.

4.- Los interesados no podrán presentar más de un proyecto o programa de actuación.

DÓNDE PRESENTARLO

Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, se presentarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig https://raspeig.sedipualba.es, a través del trámite “Subvenciones para la realización de actuaciones de carácter cultural”, aprobado por Resolución nº 3195 de 28 de junio de 2022 (SEGRA 611084). 

Si se trata de personas físicas (beneficiarios que opten a la línea 2 de las subvenciones), también podrán presentar dichas solicitudes y documentación requerida en la Oficina de Asistencia en materia de Registro (CIVIC), sin perjuicio de los demás medios de presentación establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

PLAZO DE LA SOLICITUD

Desde el día siguiente de la publicación en el BOP, hasta la fecha indicada en la convocatoria.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud
  • Declaración Responsable
  • Cuenta justificativa simplificada.
  • Justificante de tramite de presentación de la cuenta para cobrar del ayuntamiento (personas físicas o jurídicas), a nombre del beneficiario de la subvención (solo en los casos de nuevas solicitudes o de cambio de numero de cuenta del beneficiario)
  • Si el importe de la subvención solicitada es de cuantía superior a 3.000 euros, deberá aportarse certificaciones acreditativas de hallarse al corriente, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las Haciendas estatal y autonómica y Local y en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, aportando los correspondientes documentos emitidos por los órganos competentes.
  • Presentación de Certificado o documento oficial que acredite la inscripción de una Sociedad Musical Federada (BIC) y/o la pertenencia a la estructura federal de la Comunidad Valenciana.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

Las bases reguladoras de la subvención objeto de esta convocatoria fueron aprobadas a través de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig mediante acuerdo de Pleno de fecha 25 de febrero de 2015, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 83 el día 4 de mayo de 2015

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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