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CUL03-Subvenciones para la realización de actuaciones de carácter cultural

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CUL03-Subvenciones para la realización de actuaciones de carácter cultural

Desde 11/06/2026 0:00 hasta 24/06/2026 23:59

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

La solicitud de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,  a favor de entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro, que teniendo como finalidad la creación, producción y difusión de iniciativas artísticas y/o el fomento de la cohesión social y cooperación mediante iniciativas culturales, realicen actuaciones en el término municipal de San Vicente del Raspeig.

Las subvenciones tienen por objeto financiar las iniciativas culturales que desarrollen el fomento de la cohesión social y cooperación. El plazo de realización de la actividad subvencionable será desde el 1 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2026.

CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA

1.- La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 10.000,00.-€, con cargo a la aplicación presupuestaria 43.3300.48900 de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig para el año 2026.

2.- La cuantía total máxima de las subvenciones objeto de esta convocatoria es de 10.000,00.-€, para las asociaciones y/o entidades culturales, que tengan como finalidad el desarrollo del fomento de la cohesión social y cooperación mediante proyectos de actividades culturales, y que para ello hayan realizado actuaciones en el término municipal de San Vicente del Raspeig.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Las asociaciones y entidades culturales con personalidad jurídica propia legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN 

  1. Podrán solicitar subvención las asociaciones y/o entidades culturales que reúnan los siguientes requisitos:
    1. Tener entre sus fines estatutarios la realización de actividades relacionadas con el proyecto subvencionable.
    2. Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
    3. No estar incurso en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    4. Carecer de ánimo de lucro.
    5. Tener su domicilio social y que su ámbito de actuación se circunscriba al Municipio de San Vicente del Raspeig.
    6. No haber solicitado subvención al Ayuntamiento de San Vicente en el ejercicio 2026.
  2. En particular, no podrán obtener la condición de beneficiarios de la subvención, en quienes concurran cualquiera de las circunstancias siguientes:
    1. Estar incurso en causa de reintegro en los términos del artículo 37 de la Ley General de Subvenciones por cualquier subvención económica concedida por este Ayuntamiento o sus Entidades dependientes.
    2. No hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, respecto al Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig o Entidades dependientes.
  3. Los interesados no podrán presentar más de un proyecto o programa de actuación.

DÓNDE PRESENTARLO

Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, se presentarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig https://raspeig.sedipualba.es, a través de este trámite “CUL03-Subvenciones para la realización de actuaciones de carácter cultural”. 

PLAZO DE LA SOLICITUD

Desde el día siguiente de la publicación en el BOP, hasta el 25 de junio de 2026.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud
  • Declaración Responsable
  • Cuenta justificativa simplificada.
  • Justificante de tramite de presentación de la cuenta para cobrar del ayuntamiento (personas físicas o jurídicas), a nombre del beneficiario de la subvención (solo en los casos de nuevas solicitudes o de cambio de numero de cuenta del beneficiario)
  • Si el importe de la subvención solicitada es de cuantía superior a 3.000 euros, deberá aportarse certificaciones acreditativas de hallarse al corriente, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las Haciendas estatal y autonómica y Local y en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, aportando los correspondientes documentos emitidos por los órganos competentes.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

Las bases reguladoras de la subvención objeto de esta convocatoria fueron aprobadas a través de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig mediante acuerdo de Pleno de fecha 25 de febrero de 2015, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 83 el día 4 de mayo de 2015

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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