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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

JUV03-Subvenciones a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para realizar actividades en el ámbito de la juventud en San Vicente del Raspeig

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JUV03-Subvenciones a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para realizar actividades en el ámbito de la juventud en San Vicente del Raspeig

Desde el día 06/09/2024 hasta el día 05/10/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Convocatoria anual del procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud, que teniendo como finalidad la realización de actividades encaminadas a la población juvenil, realicen actuaciones en el término municipal de San Vicente del Raspeig. 

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del municipio de San Vicente del Raspeig, en cuyos estatutos figure que, entre sus fines sociales, se encuentra el de llevar a cabo, de manera continuada, programas y actuaciones dirigidos a personas jóvenes.

PLAZO DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN:

  • Solicitud
  • Proyecto / actividad para los que se solicita la subvención
  • Certificado de la entidad en el que se certifique que las personas que intervienen en el proyecto tienen el certificado de delitos sexuales.
  • Justificante de haber realizado el trámite “Cuenta para cobrar del ayuntamiento (personas jurídicas)”, en caso de no tenerla o no encontrarse actualizada.

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA SUBVENCIÓN:

  • Cuenta justificativa
  • Documentos que acrediten los gastos.

DÓNDE PRESENTARLO

En la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a través de este trámite habilitado para ello y utilizando sus formularios web, disponibles dentro del propio trámite, y sus modelos normalizados.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
  • Las bases reguladoras de la subvención objeto de esta convocatoria fueron aprobadas a través de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig mediante acuerdo de Pleno de fecha 25 de febrero de 2015, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 83 el día 4 de mayo de 2015.
  • Ley de políticas integrales de juventud y modificaciones. Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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