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Contratación de la emisión de publicidad en Radio San Vicente.
La presentación de la solicitud supone el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas.
La presentación de la solicitud y el pago de la tasa correspondiente debe realizarse al menos con 5 días hábiles antes del inicio de la campaña publicitaria.
Los anuncios se emitirán bajo la responsabilidad del anunciante. No obstante, la emisora de Radio Municipal se reserva el derecho de rechazar o suspender la emisión de aquella publicidad de la que pueda derivarse responsabilidad de cualquier tipo (legal, ética, etc.). En tal caso, se procederá a la devolución de las cantidades ingresadas.
Por causas de fuerza mayor la emisora podrá variar el emplazamiento original de la publicidad ordenada. Por los mismos motivos podrán decidir también su eventual suspensión, en cuyo caso se gestionará con el contratante su posible recuperación o devolución de la cantidad ingresada.
Cualquier persona física o jurídica con capacidad de obrar según el art. 3 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Durante todo el año.
Previamente a la solicitud de la campaña publicitaria se deberán poner en contacto con Radio San Vicente a través de los siguientes medios:
Una vez definida la planificación de la campaña publicitaria se realizará la solicitud y el pago correspondiente (obligatorio previo a la emisión de la publicidad) a través de este trámite o si se trata de personas físicas no obligadas (art. 14.1 de la Ley 39/2015), en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro o en cualquier otro lugar contemplado en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.
1. Cuña de menos de 30 segundos ------------------------- 1,25 € + IVA
2. Cuña de 30 a 60 segundos ------------------------- 1,50 € + IVA
3. Patrocinio de programas, espacios o concursos:
4. Microespacios informativos o entrevistas: duración de 5 a 8 minutos (sujeto a la compra de un mínimo de 100 cuñas) ------------------------- 36,40 € + IVA
5. Paquetes publicitarios (deberán consumirse a lo largo de un año desde su contratación):
6. La producción y realización de las cuñas será gratuita. No obstante, se cobrará un suplemento de 5,00 € + IVA, en concepto de producción y realización de las mismas, por cada modificación que haya de realizarse dentro de la misma campaña.
Estarán exentos del pago del precio público el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig y las asociaciones sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, en servicios de publicidad relacionados con sus actividades. En tal publicidad, se deberá hacer constar la colaboración del ayuntamiento.
- Ordenanza Reguladora del precio público por la prestación del servicio de difusión publicitaria en la emisora de Radio Municipal, aprobada en Pleno el 27/03/2019 (BOP 162 de 27/08/2019). Última modificación Pleno 26/02/2020 (BOP 11/03/2020).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CÓDIGO SIA
3026236