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Presentación de méritos de las personas que han superado la fase de oposición del procedimiento de selección para la cobertura de dos plazas de ayudantes de oficios varios, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a cubrir mediante el sistema selectivo de concurso-oposición por turno libre.
Las personas que han superado la fase de oposición del procedimiento de selección para la cobertura de dos plazas de ayudantes de oficios varios, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
IMPORTANTE: La documentación que acredita el apartado A (Servicios prestados en el Ayto. San Vicente del Raspeig en idéntico cuerpo o escala) y apartado B (Servicios prestados en el Ayto. San Vicente del Raspeig en otro cuerpo o escala) no se deberá presentar pero SÍ se hará constar en el formulario de autobaremación.
De acuerdo con lo dispuesto en la Base sexta, de las Bases específicas reguladoras del procedimiento, solo serán objeto de valoración aquellos méritos alegados que se encuentren cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (27/01/2023).
Los méritos se presentarán por vía electrónica a través de este trámite habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, quedando excluida cualquier otra forma de presentación, al ser consideradas las personas aspirantes sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con el artículo tercero de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. La presentación por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación, una vez finalizado el plazo de presentación de méritos.
Del 19 de abril al 3 de mayo de 2024.
El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las Bases Específicas, así como, en las Bases comunes de los procedimientos de estabilización y consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 27 de octubre de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 211 de fecha 7 de noviembre de 2022.
Asimismo será de aplicación la siguiente normativa en materia de función pública:
a) Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
b) La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
c) El Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
d) El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
e) La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
f) La Ley 4/21, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
g) El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell.
h) El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, salvo lo dispuesto en los artículos 8 y 9 que por prescripción de la Disposición Adicional Primera de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, no son de aplicación en este tipo de procedimientos.
i) El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
j) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
k) La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación.
l) Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.