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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

REC34-Comisión de servicio puesto jefe de servicio de Arquitectura y Urbanismo

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REC34-Comisión de servicio puesto jefe de servicio de Arquitectura y Urbanismo

Desde el día 19/07/2024 hasta el día 28/07/2024

OBJETO DEL TRÁMITE

La provisión, en comisión de servicios voluntaria, del puesto de trabajo de JEFATURA DE SERVICIO DE ARQUITECTURA, incluido en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento. El periodo de duración de la comisión de servicio será el de un año prorrogable por otro más o hasta la incorporación de la funcionaria de carrera titular del puesto y que genera la situación administrativa objeto de cobertura en comisión.

Las características del puesto son: 

  • Código de puesto: 6.1.04.02. 
  • Denominación: Jefe de Servicio de Arquitectura. 
  • Escala de Administración Especial. Subescala Técnica Superior. 
  • Grupo A. Subgrupo A1. 
  • Adscripción orgánica: Área de Arquitectura y Urbanismo. 
  • Nivel de complemento de destino: 28. 
  • Complemento específico 2024: 20.716,41 € (12 mensualidades). El importe incluye factor de disponibilidad, consistente en disponibilidad de 135 horas anuales de lunes a domingo.
  • Forma de provisión: Comisión de Servicios. 
  • Administraciones: Administración Local. 
  • Titulación exigida para su desempeño: Arquitecto. 
  • Objetivo Genérico: Gestión, estudio y propuesta administrativa en el ámbito de Urbanismo y Planeamiento. Coordinación, planificación y ejecución de la política del Departamento.

Funciones: 

  • Lleva a cabo la dirección administrativa del Departamento, coordinando las distintas secciones y el personal a su cargo (permisos, vacaciones, etc.); distribución de tareas y revisión de medios materiales 
  • Atiende las reuniones con profesionales y ciudadanos acerca de las materias relacionadas con el Departamento ▪ Coordinación, programación, impulso y control de la oficina técnica municipal: despacho con los responsables políticos del Ayuntamiento y Organismos Autónomos; elaboración de documentos de presupuestos municipales; elaboración de listados de trabajo; elaboración de plantillas de seguimiento; etc.
  • Dirección técnica facultativa de las obras municipales que se le encomienden 
  • Redacción de proyectos, memorias y presupuestos, de obras y/o de servicios municipales que requieran, por su cuantía o naturaleza, de proyecto técnico suscrito por Arquitecto 
  • Elaboración de pliegos de prescripciones y condiciones técnicas en materia de su competencia ▪ Emisión de informes técnicos en materia urbanística ▪ Intervención técnica inmediata en situaciones de alerta o emergencia 
  • Emisión de dictámenes periciales sobre adquisición y enajenación de inmuebles, expedientes de ruina y órdenes de ejecución en general, sin perjuicio de las que les corresponden en razón de su titulación 
  • Información a particulares y empresas sobre aspectos de la actuación municipal en la materia del Departamento 
  • Dirección, coordinación y elaboración del Plan General Urbanístico 
  • Participa en las acciones formativas de diversa naturaleza en materia de prevención de riesgos laborales que determine la Corporación, así como realiza funciones de apoyo en orden a la definición y cumplimiento del cuadro de medidas establecidas en este ámbito 
  • Realiza aquellas tareas análogas a las anteriormente descritas que se correspondan con los conocimientos exigidos para la provisión del puesto.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Para tomar parte en el concurso para la provisión del puesto de trabajo que se convoca será necesario reunir los siguientes requisitos: 

a) Ser funcionario/a de carrera de las Administraciones Locales del Estado Español, perteneciente al grupo “A”, subgrupo A1 de Administración especial, Subescala técnica superior. 

b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las tareas. Estos extremos se verificarán mediante reconocimiento médico a realizar por el servicio de prevención del Ayuntamiento, de manera imprescindible y previa al nombramiento.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. 

d) Hallarse en posesión del título de Grado en Arquitectura con Máster Universitario o Licenciatura en Arquitectura Superior (MECES 3).

e) Contar con la autorización para la comisión por parte de su Administración Pública de origen. 

f) Acreditar conocimientos de ofimática, valenciano y derecho urbanístico. 

Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud
  • Documento nacional de identidad 
  • Certificado acreditativo de ser funcionario de carrera perteneciente al subgrupo de función A1, Administración especial, subescala técnica superior 
  • Título académico de estar en posesión de la Licenciatura en Arquitectura o equivalente (MECES 3) 
  • Modelo normalizado de autobaremación (REC00) 
  • Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados.

TASA

El pago de la tasa por derechos de examen será por importe de 30,39€, según la vigente ordenanza fiscal . El impago de la tasa o su pago parcial dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación. 

En ningún caso, el pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo. 

El abono de los derechos de examen se realizará en sede electrónica a través del mismo trámite de presentación de solicitud y documentación a aportar. El pago efectuado por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación.

DÓNDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES

Las presentación de solicitudes se realizará por vía electrónica por este procedimiento específico habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, quedando excluida cualquier otra forma de presentación dada la condición de empleado público exigible a cualquier participante y obligado, por tanto, a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, de conformidad con el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

Las bases que regulan las normas específicas del proceso selectivo que se convoca. Para lo no dispuesto en ellas será de aplicación lo establecido en las Bases Generales de selección del personal al servicio del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 27 de octubre de 2022 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 211, de fecha 07.11.2022.

Asimismo, será de aplicación la siguiente normativa en materia de función pública: 

a. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

b. El Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. 

c. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 

d. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 

e. La Ley 4/21, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. 

f. El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell. 

g. El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 

h. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

i. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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