ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.
El objeto de este trámite es solicitar un certificado de empadronamiento con los datos que consten en el Padrón Municipal de Habitantes anteriores a la última renovación padronal a 1 de mayo de 1996.
El interesado o persona que lo represente. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia. Si el certificado se solicita de un habitante fallecido, se deberá acreditar interés legítimo por condición de familiar o heredero.
Durante todo el año.
Articulo 10. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL RASPEIG.
3.- No obstante lo establecido en el apartado anterior, las solicitudes presentadas por alguno de los medios regulados en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común que no estuvieran debidamente reintegradas, serán admitidas provisionalmente, pero no podrá dárseles curso sin que se subsane dicha deficiencia, a cuyo fin se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días abone la cuota correspondiente, con apercibimiento del archivo del documento sin más trámite en caso contrario.
Según Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig (art. 10.2). el importe a pagar es de 9,01 €.
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