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PMH12-Comunicación de baja de ciudadano extranjero por traslado a otro país

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PMH12-Comunicación de baja de ciudadano extranjero por traslado a otro país

A partir del día 06/08/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

El objeto del trámite es comunicar la baja por cambio de residencia a otro país de un ciudadano extranjero inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

El interesado o persona que lo represente. 

La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia.

PLAZO DE SOLICITUD

Durante todo el año.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Comunicación de baja de ciudadano extranjero por traslado a otro país debidamente cumplimentada y firmada. 
  • Documento en vigor de la persona que lo solicita (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia...) 
  • En el caso de la baja de menores o incapacitados la solicitud la realizará el representante legal, aportando certificado de nacimiento, libro de familia o resolución judicial.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite.
  • Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en al Pl. Comunitat Valenciana, 1.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

  • Si es un ciudadano español el que traslada su residencia al extranjero deberá solicitar el alta en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consular de destino. 
  • El Ayuntamiento podrá efectuar las actuaciones oportunas para comprobar la veracidad de la comunicación efectuada.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de enero. 
  • Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.
  •  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 
  • Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal. 
  • Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal. 
  • Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.

CÓDIGO SIA

3154053

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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