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El procedimiento tiene por objeto que el nuevo titular de la actividad comunique al Ayuntamiento la transmisión de la actividad que cuenta con instrumento de intervención ambiental concedido o tramitado por el Ayuntamiento (licencia, declaración responsable o comunicación), para ello debe comunicarlo en el plazo de un mes desde la formalización de la transmisión, acompañado del documento que la acredite.En dicha comunicación el nuevo titular manifestará su conformidad con las obligaciones, responsabilidades y derechos establecidos en el instrumento de intervención ambiental originario.
La comunicación del cambio debe hacerla el nuevo titular de la actividad y en su defecto será obligación del anterior titular.
Un mes de plazo máximo desde que se hubiera formalizado la transmisión.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA ACTIVIDADES CON MÚSICA:
Una vez efectuada la comunicación del cambio de titular de la actividad al Ayuntamiento, junto con toda la documentación exigible, se supervisará la misma y cuando todo esté correcto se emitirá certificado por la Secretaría a tal efecto, con el visto bueno de la Alcaldía-Presidencia.
Según el art. 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa Municipal por Concesión de Licencia de Apertura de Establecimientos su importe se realizará de acuerdo con el siguiente cálculo
1. Cambio de titular de actividad inocua: 112,08 euros X coeficiente de superficie que corresponda
2. Cambio de titular licencia ambiental o DR ambiental o de espectáculos: 261,54 euros X*COEFICIENTE DE SUPERFICIE A APLICAR A LA TASA BASE:- De 0 a 250 m2: 1- De 251 a 500 m2: 1,5- De 501 a 1000 m2: 2- De 1001 a 2000 m2: 3- A partir de 2001 m2 por cada 1000 m2 o fracción se sumará 0,5 al coeficiente anterior.
Puede realizar el cálculo de la tasa pinchando AQUI
3154794