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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

DPN04 - Cambio persona cuidadora

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DPN04 - Cambio persona cuidadora

A partir del 24/09/2024 0:00

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

El objeto de este trámite es cambiar o añadir persona/s cuidadora/s no profesional/es, para personas con solicitud o con resolución PIA de Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Toda persona interesada, o quien actúe como representante legal. 

La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia.

PLAZO DE SOLICITUD

Todo el año.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Compromiso de Permanencia y Formación de la nueva persona cuidadora no profesional, en caso de proponer una nueva y no haberlo presentado con anterioridad.
  •  Contrato de trabajo o resolución sobre el reconocimiento de alta en la Seguridad Social, si la/s nueva/s persona/s cuidadora/s propuesta/s es una persona con relación laboral, en caso de disponer del mismo. 
  • En caso de no residir en San Vicente del Raspeig, certificado de empadronamiento individual

Por requisitos de la plataforma de la Generalitat Valenciana, esta documentación SÓLO PODRÁ APORTARSE EN FORMATO PDF.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite.
  • Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en al Pl. Comunitat Valenciana, 1, con cita previa.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Corresponde a Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda su tramitación. 

La persona cuidadora debe ser mayor de 18 años, residir o no con la persona dependiente y un cuidador sólo puede cuidar a 2 personas dependientes si reside con ambas personas dependientes. 

Una persona dependiente no puede ejercer de cuidador de otra persona dependiente.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia. 
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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