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La teleasistencia avanzada se trata de un derecho dirigido a todas las personas en situación de dependencia que vivan en su domicilio, siendo compatible con cualquier otro servicio o prestación económica con excepción del servicio de atención residencial permanente o su prestación vinculada.
Se puede solicitar en cualquier momento, indicándolo siempre en las preferencias de la solicitud inicial de reconocimiento de la situación de dependencia o si es un momento posterior, en la solicitud de petición de nuevas preferencias y aportando junto con las mismas el modelo normalizado “Servicio de Teleasistencia Avanzada”.
Toda persona interesada, o quien actúe como representante legal.
La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia.
Todo el año.
Corresponde a Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda su tramitación.
Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia.