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URB15B-Declaración responsable para actividad temporal: cábilas, racós, barracas y similares

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URB15B-Declaración responsable para actividad temporal: cábilas, racós, barracas y similares

A partir del día 15/11/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

La Declaración responsable se presentará al Ayuntamiento junto con la documentación requerida en la misma.

 El Ayuntamiento girará visita de comprobación con anterioridad al inicio de la actividad, si esta no se efectuase, el titular o prestador podrá aperturar la instalación y realizar dicha actividad bajo su responsabilidad previa comunicación al Ayuntamiento aportando el certificado final de montaje expedido por Técnico competente, o en su caso por OCA (Organismo de Control Autorizado). La falta del certificado deja sin efectos todas las actuaciones y prohíbe iniciar su funcionamiento.

La aportación del certificado OCA o del técnico competente, deberá realizarse a través del trámite URB00-Aportación de documentación a expedientes de Urbanismo, indicando el número de registro de la presente solicitud.

 Se presentará la documentación con un mínimo de un mes de antelación, tal como dispone el artículo 95 y 98 del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades recreativas, actividades socioculturales y Establecimientos Públicos.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La Declaración responsable debe hacerla el titular de la actividad o su representante legal en los términos del art. 5 de la Ley 39/2015.

PLAZO DE SOLICITUD

Durante todo el año.

Se presentará la documentación con un mínimo de un mes de antelación, tal como dispone el artículo 95 y 98 del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades recreativas, actividades socioculturales y Establecimientos Públicos.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  1. Memoria Técnica descriptiva de las condiciones constructivas, medidas de seguridad, solidez, protección contra incendios, sistemas de evacuación y aforo, así como descripción de la instalación eléctrica y planos que procedan, redactada por Técnico habilitado. Para atracción ferial o juegos de hinchables, certificado anual de verificación y funcionamiento. 
  2. Seguro de responsabilidad civil, en los términos indicados en la Ley 14 / 2010. 
  3. Certificado/boletín/contrato de mantenimiento de las instalaciones eventuales instaladas que proceda.
  4. Plan de actuación frente a emergencias en caso de que la normativa lo requiera.
  • DOCUMENTACIÓN A APORTAR UNA VEZ FINALIZADAS LAS INSTALACIONES: 
    • Una vez finalizadas las instalaciones, y previo al desarrollo de la actividad, se deberá presentar por sede electrónica, a través del trámite URB00-Aportación de documentación a expedientes de Urbanismo, el certificado técnico final de instalaciones que acredite que se cumplen todos los requisitos legales exigibles. En caso de no presentarse dicho certificado la declaración responsable presentada carecerá de efectos.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

El Ayuntamiento podrá comprobar, en cualquier momento, la veracidad de todos los datos y documentos aportados, así como el cumplimiento de los requisitos que la normativa aplicable exija para el ejercicio de la actividad. 

De conformidad con el artículo 69 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, o la no presentación de la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. 

Cualquier modificación posterior durante el ejercicio de la actividad deberá ser objeto de comunicación al ayuntamiento.

TASA

No estarán sujetas al pago de esta tasa las actividades temporales realizadas en cábilas, cuarteles y similares, racós y barracas, que hayan de presentar declaración responsable, según la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, cuando ejerzan la actividad durante la celebración de las fiestas locales y/o patronales, incluidas, en su caso, las fiestas de las Partidas.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. 
  • Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell por el que se aprueba el Reglamento del Desarrollo de la Ley 14/2010.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa Municipal por Concesión de Licencia de Apertura de Establecimientos (aprobación definitiva publicada en el BOPA núm. 208 de fecha 02/11/2020)

CÓDIGO SIA

3154807

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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