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El objeto de este trámite es el otorgamiento, previa solicitud de las personas interesadas, de autorizaciones para la venta no sedentaria de churros en puestos dispuestos de forma aislada en ubicación fija, a través de un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva.
Personas físicas y jurídicas, que reúnan los requisitos y condiciones que establece la convocatoria.
Los requisitos para participar en esta convocatoria son los dispuestos con carácter general para el ejercicio de la venta no sedentaria en el artículo 17 de la Ordenanza Municipal reguladora de dicha venta, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell:
Del 14 de octubre al 3 de noviembre de 2025.
No podrán ser tenidas en cuenta las solicitudes presentadas con anterioridad o posterioridad al plazo señalado.
Ubicación y distribución de puestos: Según convocatoria.
Baremo de méritos: Según convocatoria.
Duración de las autorizaciones: Dos años naturales.
Se establecen tres modalidades de venta (la persona solicitante señalará la modalidad elegida en la SOLICITUD):
Productos autorizados para la venta: Podrán ser ofertados productos alimenticios tales como churros, buñuelos, masas de harina fritas, gofres, pasteles de masa ligera y productos similares.
Dimensiones y características de los puestos: Con carácter general, la dimensión máxima de los puestos será de 8 metros de longitud por 2 metros de anchura. No obstante, si la venta se realizara en puestos-remolque, el espacio se ajustará a las dimensiones de estos incluida la lanza.