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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

OCU09-Otorgamiento de autorizaciones para la venta no sedentaria en puestos aislados con ubicación fija (churros) mediante procedimiento en régimen de concurrencia competitiva

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OCU09-Otorgamiento de autorizaciones para la venta no sedentaria en puestos aislados con ubicación fija (churros) mediante procedimiento en régimen de concurrencia competitiva

Desde el día 14/10/2025 hasta el día 03/11/2025

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

El objeto de este trámite es el otorgamiento, previa solicitud de las personas interesadas, de autorizaciones para la venta no sedentaria de churros en puestos dispuestos de forma aislada en ubicación fija, a través de un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Personas físicas y jurídicas, que reúnan los requisitos y condiciones que establece la convocatoria.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Los requisitos para participar en esta convocatoria son los dispuestos con carácter general para el ejercicio de la venta no sedentaria en el artículo 17 de la Ordenanza Municipal reguladora de dicha venta, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell:

  1. Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios mediante la declaración censal correspondiente, y en caso de que no estén exentos del Impuesto de Actividades Económicas, estar al corriente en el pago de la tarifa. 
  2. Estar dado de alta y al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social en el régimen correspondiente. 
  3. Los prestadores extranjeros, con nacionalidad de países que no sean miembros de la Unión Europea, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia, debiendo acreditar la vigencia de los permisos preceptivos para el inicio de la actividad durante el periodo que comprenda la autorización. En caso de caducidad durante el periodo de autorización, el solicitante deberá aportar también un compromiso de renovación de dichos permisos. 
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias locales derivadas de la venta no sedentaria, así como por cualquier otro concepto, incluidas las sanciones, derivadas del ejercicio de esta.
  5. Disponer de instalaciones que se ajusten a lo establecido en esta ordenanza y demás normativa que resulte de aplicación, especialmente la relativa a la higiene, seguridad y solidez de las instalaciones. 
  6. Los productos objeto de la venta deberán reunir las condiciones exigidas por su normativa reguladora. Será necesario cumplir los requisitos higiénico–sanitarios y de protección de los consumidores que establezcan las reglamentaciones específicas relativas a las condiciones de los productos, instalaciones y vehículos de transporte y venta, extremos que se deberán acreditar mediante informe de la autoridad sanitaria competente. 
  7. Disponer de las facturas y documentos que acrediten la procedencia de los productos objeto del comercio, y aportarlos a requerimiento de la administración competente en el plazo que esta determine, así como cumplir las normas de etiquetado de estos. 
  8. Tener a disposición de los compradores, y entregarles de forma gratuita, hojas de reclamaciones de la Generalitat en impresos normalizados, y exponer en un cartel visible al público que se dispone de las mismas.
  9. Expedir tiques de compra o, en su caso, facturas a los consumidores que lo soliciten, en que se incluyan los datos de identificación del comerciante, producto adquirido y su precio. 
  10. Disponer de seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente de los riesgos de la actividad comercial a desempeñar.

PLAZO DE SOLICITUD

Del 14 de octubre al 3 de noviembre de 2025.

No podrán ser tenidas en cuenta las solicitudes presentadas con anterioridad o posterioridad al plazo señalado.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite.
  • Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en al Pl. Comunitat Valenciana, 1, con cita previa, sin perjuicio de los demás medios de presentación establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTARCIÓN A APORTAR

  • Solicitud firmada por la persona interesada, en los términos que establece la convocatoria. 
  • Declaración responsable firmada por la persona interesada en la que manifieste el cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la venta no sedentaria y de las condiciones para la comercialización de los productos que se pretendan ofertar, en los términos establecidos en la Ordenanza Reguladora de la Venta no Sedentaria y en el artículo 7 del Decreto 65/2012, de 20 de abril del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana, que se está en posesión de la documentación que así lo acredite y el compromiso de mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización, junto con DNI o NIE. 
  • Documento acreditativo del alta en el censo de obligados tributarios o, en su caso, de estar al corriente en el pago de la tarifa del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), cuando no estén exentos del mismo. 
  • Certificado de idoneidad de las instalaciones suscrito por instalador autorizado y visado por el Servicio técnico autorizante. 
  • Contrato de mantenimiento de los extintores de los que debe disponer el puesto de venta. 
  • Documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud de participación, en los términos establecidos en el baremo del Anexo I de las bases de la convocatoria.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Ubicación y distribución de puestos: Según convocatoria. 

Baremo de méritos: Según convocatoria. 

Duración de las autorizaciones: Dos años naturales.

Se establecen tres modalidades de venta (la persona solicitante señalará la modalidad elegida en la SOLICITUD): 

  • Modalidad 1.- Los sábados, domingos y días festivos. Se entiende por días festivos los que así sean declarados con carácter oficial en los ámbitos estatal, autonómico y local. 
  • Modalidad 2.- Los domingos y días festivos. Se entiende por días festivos los que así sean declarados con carácter oficial en los ámbitos estatal, autonómico y local. 
  • Modalidad 3.- El periodo comprendido entre el día 1 de enero y el 6 de enero, entre el 21 de diciembre y el 31 de diciembre y el resto de sábados, domingos y días festivos. Se entiende por días festivos los que así sean declarados con carácter oficial en los ámbitos estatal, autonómico y local. 

Productos autorizados para la venta: Podrán ser ofertados productos alimenticios tales como churros, buñuelos, masas de harina fritas, gofres, pasteles de masa ligera y productos similares. 

Dimensiones y características de los puestos: Con carácter general, la dimensión máxima de los puestos será de 8 metros de longitud por 2 metros de anchura. No obstante, si la venta se realizara en puestos-remolque, el espacio se ajustará a las dimensiones de estos incluida la lanza.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ordenanza municipal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig reguladora de la venta no sedentaria (BOP nº 233 DE 04/12/2024)
  • Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana (artículos 43 a 47). 
  • Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula la Venta no Sedentaria en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 6760 de 24.04.2012), modificado por Decreto 124/2018, de 3 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Decreto 65/2012, de 20 de abril, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunidad Valenciana (DOGV núm. 8359 de 10.08.2018).

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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