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DPN13 - Solicitud Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)

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DPN13 - Solicitud Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)

A partir del día 18/11/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Es un servicio orientado a las personas y familias que presentan dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, cuyo fin es prestar atención de carácter doméstico, rehabilitador, social, personal y educativo, cuando la situación individual o familiar sea de especial necesidad, proporcionando atención directa en el propio hogar mediante intervenciones que favorezcan su permanencia e integración en su entorno habitual. 

El Servicio de Ayuda a Domicilio atenderá, por tanto, la falta de autonomía de aquellas personas con dificultades para la realización de las tareas básicas de la vida diaria. 

Estos servicios son complementarios de la atención que ofrece la familia, por lo que no son sustitutivos, en modo alguno, de la responsabilidad familiar respecto de las personas beneficiarias del servicio.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Toda persona interesada o quien actúe como representante legal. 

Especialmente: 

  • Personas mayores de 65 años con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, tenga o no reconocimiento de la situación de dependencia. - Personas con edad inferior o superior a 65 años con algún tipo de diversidad funcional o discapacidad que merme significativamente su autonomía personal. 
  • En el caso de las personas que tengan reconocida la situación de dependencia, además, se les debe haber prescrito el servicio de ayuda a domicilio, en la correspondiente resolución del Programa Individual de Atención (PIA). 
  • Familias con necesidad de apoyo familiar o menores en situación de riesgo social. 

Pueden ser beneficiarias tanto las unidades familiares, como las personas individuales, que cumplan los requisitos.

Es necesario estar empadronados en el municipio de San Vicente del Raspeig y cumplir los requisitos establecidos en la Ordenanza de aplicación.

DERECHOS Y DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

  • Como persona usuaria del Servicio de Ayuda a Domicilio, tiene derecho a:  
    • Recibir las prestaciones concedidas y del modo que le hayan sido determinadas en la resolución adoptada, de acuerdo con la problemática que plantea y la posterior valoración técnica.
    • Que la prestación efectiva del servicio suponga la menor intromisión posible en el derecho a su intimidad personal, debiendo realizarse de acuerdo a las reglas de la buena fe y diligencia  
    • Poner en conocimiento de los servicios sociales de su zona, cualquier anomalía significativa que se produzca en el funcionamiento del servicio que le ha sido asignado. 
    • Conocer los cauces formales establecidos para formular quejas y sugerencias y poder presentar cualquier reclamación con relación a la forma como se le presta el servicio. 
    •  Ser tratado con el debido respeto y consideración. 
    • Pedir la oportuna identificación a todas las personas que, con motivo del servicio, accedan a su domicilio.
    • La confidencialidad en la recogida y tratamiento de sus datos personales con arreglo a lo dispuesto en la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal. 
    • Acceder, permanecer y cesar en la utilización de los servicios por voluntad propia.  
    • Recibir orientación sobre los recursos alternativos que, en su caso, resultan necesarios.  
    • Recibir información puntual de las modificaciones que pudieran producirse en el régimen del servicio.
    • Ser informado sobre el estado de tramitación de su expediente.  
    • Realizar la evaluación sobre la calidad del servicio. 
    • Recibir asistencia sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 
    • Reclamar en el supuesto de considerar que se ha producido un cobro indebido, adjuntando la documentación acreditativa de tal extremo, en el plazo máximo de tres meses desde su facturación. 
    • Cualquier otro que le reconozca la normativa vigente.  
  • Como persona usuaria del Servicio de Ayuda a Domicilio, tiene la obligación de:  
    • Aceptar y cumplir las condiciones que exige el servicio.  
    • Facilitar el ejercicio de las tareas del personal que atiende el servicio, así como poner a disposición de los/las auxiliares domiciliarias todos los medios necesarios, en buen uso, para realizar sus funciones en las condiciones idóneas, como: detergentes, utensilios de limpieza, escalera para acceder a lugares elevados, alimentos, medicamentos, entre otros. 
    • Adoptar una actitud colaboradora y mantener un trato correcto y cordial con las personas que prestan el desarrollo del servicio.
    • Estar presente en el domicilio, para que se pueda prestar el servicio. 
    • Facilitar el acceso al domicilio al personal que realiza las tareas prescritas. 
    • Comunicar cualquier ausencia del domicilio y/o anulación del servicio con una antelación de 48 horas. 
    • Informar al personal técnico de Servicios Sociales, con una antelación mínima de 15 días hábiles, de cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar, social y económica que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación del servicio. 
    • Poner en conocimiento del Técnico de Servicios Sociales del Ayuntamiento de cualquier incidencia que se produzca en el desarrollo del servicio.  
    • Mantener a los animales de compañía libres de parásitos y debidamente vacunados y censados para evitar todo tipo de contagios al personal que atiende a domicilio. 
    • Mantener la vivienda en las condiciones necesarias para llevar a cabo el servicio.  
    • Facilitar los datos sanitarios relativos a los miembros de la unidad familiar al objeto de cumplimentar lo establecido en la normativa de prevención de riesgos laborales.  
    • Cumplimiento de los compromisos suscritos por la persona usuaria y no exigir tareas o actividades no incluidas en el programa individual de atención o en el proyecto de intervención.  
    • Abonar en su caso, la aportación económica que le corresponda por los servicios recibidos, en el tiempo y forma acordados.
    • Realizar en Febrero de cada año, y, cuando así sea requerido por los técnicos del equipo de atención primaria básica competentes, la declaración que figura como anexo VII, acompañada de la documentación actualizada de los datos económicos  de la unidad familiar de convivencia a la que pertenezca el beneficiario, así como cualquier otra requerida y que se considere necesaria para acreditar que persisten las condiciones socio-económicas que motivaron la concesión del SAD. 

PLAZO DE LA SOLICITUD

Durante todo el año.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

DOCUMENTACIÓN GENERAL: 

  • Solicitud de SAD suscrita por el solicitante o por su representante legal. Si se trata de una unidad familiar deberán firmar todos los miembros de la unidad familiar que sean mayores de edad. 
  • DNI, NIE o Pasaporte de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar. 
  • Libro de Familia o certificado de nacimiento en caso, de menores de edad. 
  • Tarjeta SIP del solicitante. 

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE NECESIDAD: 

  • Informe de salud para el reconocimiento de prestaciones sociales relativo al beneficiario.
  • En el supuesto de la existencia de medidas de apoyo declaradas judicialmente, resolución judicial de nombramiento de curador, o de cualquier otra medida acordada.

 DOCUMENTACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RENTA DE LA UNIDAD FAMILIAR: 

  • Justificantes de ingresos económicos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar: 
    • Trabajadores/as por cuenta ajena: nóminas o certificados de empresa de los últimos 12 meses. 
    • Trabajadores/as por cuenta propia: fotocopia del alta en el impuesto de actividades económicas. Declaraciones de IVA y de IRPF del último ejercicio. 
  • Justificante de matriculación en el caso de mayores de edad que continúen estudiando. 
  • Certificado de cobro de prestaciones, pensiones, y/o ayudas, o en su caso, certificado negativo. 
  • Declaración responsable en la que se hagan constar los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar correspondientes a los 12 meses anteriores a la solicitud. 
  • Última declaración de renta o en su defecto certificado negativo de declaración, referida a los ingresos de la unidad familiar. 
  • Certificado de prestaciones del Servicio Estatal de empleo, en su caso, o certificación en la que conste la situación de demandante de empleo. 
  • Certificado de vida laboral actualizado. 
  • Certificado de titularidad de bienes inmuebles a nombre de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar. 
  • Certificado bancario en el que conste el saldo de depósitos, cuentas corrientes, y cualquier otro producto financiero. 
  • Certificado de los movimientos bancarios de los últimos 12 meses. 
  • Recibo de pago de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual. 
  • Cualquier otra documentación tendente a demostrar la capacidad económica de la unidad familiar del solicitante o su situación familiar laboral y social que se considere necesaria.

En el supuesto de que las personas interesadas deban satisfacer pensiones compensatorias a favor de cónyuges y/o anualidades por alimentos, deberán acompañar la correspondiente sentencia judicial y firme, de la que se derive.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite.
  • Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en al Pl. Comunitat Valenciana, 1, con cita previa.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio, aprobada en sesión ordinaria de Pleno celebrada el 29 de mayo de 2024 y publicada en el BOPA el 13 de agosto de 2024. 
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

CÓDIGO SIA

3154938

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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