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DPN11 - Solicitud cambio de preferencias del Programa Individual de Atención (PIA)

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DPN11 - Solicitud cambio de preferencias del Programa Individual de Atención (PIA)

A partir del día 18/11/2024

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

El objeto de esta solicitud es la revisión de nuevas preferencias de servicios o de las prestaciones reconocidas en el Programa Individual de Atención (PIA), con la finalidad de adaptarse a las necesidades de la persona en situación de dependencia, una variación en las condiciones de salud o en la situación de su entorno que pudieran motivar una modificación del servicio o prestación económica concedida. 

Este modelo se utilizará para solicitar cualquier cambio o ampliación de preferencias en los supuestos siguientes: 

- Cuando todavía no esté resuelto su programa individual de atención (PIA) para solicitar un cambio de preferencias o una ampliación de estas. 

- Cuando ya esté resuelto su programa individual de atención (PIA) y quiera solicitar una revisión de su PIA por cambio a un recurso diferente al que ya tiene concedido.

 - Cuando ya esté resuelto su programa individual de atención (PIA) y quiera solicitar una ampliación de su PIA solicitando el mismo recurso concedido más otros complementarios.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

El interesado o persona que lo represente.  

La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia.

PLAZO DE SOLICITUD

Durante todo el año.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud revisión Programa Individual de Atención (PIA) debidamente rellenada y firmada por el interesado o representante. 
  • Informes u otros documentos que acrediten la variación en las condiciones de salud o del entorno de la persona, y que afecten a su situación de dependencia. 

1. Documentación específica según el recurso solicitado

  • Prestación económica de asistencia personal 
    • Si la asistencia se presta por persona física
      • Declaración responsable de la persona asistente personal. 
      • Proyecto de vida independiente. 
      • DNI/NIE de la persona asistente personal, solo en el caso de que ésta no preste su consentimiento para que el órgano instructor consulte este dato. 
    • Si la asistencia se presta por persona jurídica
      • Proyecto de vida independiente. 
    • Si la asistencia se presta a una persona menor de edad
      • Anexo: necesidad de acompañamiento de la persona profesional de asistencia terapéutica infantil (PATI) en el ámbito educativo, solo en el caso de que se vaya a producir acompañamiento de la PATI en el centro escolar 
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar 
    • Modelo de compromiso de permanencia y formación de la persona cuidadora. Si va a tener dos personas cuidadoras con relación familiar, se presentará la citada documentación para cada una de ellas. 
    • DNI/NIE de la persona cuidadora, solo en el caso de que ésta no preste su consentimiento para que el órgano instructor consulte este dato 
  • Servicio de prevención y promoción, servicio de centro de día o servicio de atención residencial 
    • Informe social del/la trabajador/a social del servicio, en base al artículo 5º del Decreto 62/2017 de 19 de mayo, en caso de que la persona beneficiaria se encuentre disfrutando de un servicio privado de atención residencial, atención diurna o promoción debidamente acreditado, y se pretenda su continuidad en el mismo.
    • Contrato y las tres últimas facturas, cuando la persona beneficiaria se encuentre recibiendo de forma privada alguno de los servicios acreditados por la Administración de la Generalitat, y opte por seguir recibiendo el mismo como prestación vinculada al servicio. 
    • Auto de internamiento, en el caso de personas que necesiten medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica y que no soliciten voluntariamente servicio de atención residencial. 
  • Servicio de teleasistencia avanza 
    • Modelo de servicio de teleasistencia avanzada. 

2. Otra documentación 

  • Modelo de domiciliación bancaria, en caso de no haberlo aportado con anterioridad o haber cambiado de cuenta. 
  • Documento que acredite la representación, si es el caso.
  • Los datos de la capacidad económica de la unidad familiar se cumplimentarán únicamente en caso de variación en la composición de la unidad familiar o de la situación económica familiar con respecto a los datos contenidos en la solicitud inicial.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite.
  • Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en al Pl. Comunitat Valenciana, 1, con cita previa.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. 

- Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. 

 ORDEN 9/2011, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, de modificación de los anexos I, II y IV del Decreto 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia. 

- DECRETO 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas. 

- DECRETO 102/2022 de 5 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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