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EDU06-Solicitud autorización actividades extraescolares y/o reserva de estacionamiento para autobuses escolares

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EDU06-Solicitud autorización actividades extraescolares y/o reserva de estacionamiento para autobuses escolares

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Las instalaciones y dependencias de los Centros Docentes Públicos de San Vicente del Raspeig podrán ser utilizadas fuera del horario escolar para actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o asociativas, en los términos previstos en la Orden de 27 de noviembre de 1984, por la que se regula la utilización de las instalaciones y dependencias de los Centros Públicos de Preescolar, Educación General Básica, Educación Especial y Educación Permanente de Adultos.

Asimismo, se podrán realizar actividades extraescolares fuera del recinto de los Centros Docentes, tales como carreras, excursiones escolares a pie o mediante uso de autobús escolar, talleres, jornadas de convivencia, etc. 

Las actividades extraescolares que usen las instalaciones de los centros no podrán interferir en las actividades ordinarias de los mismos ni serán promovidas con ánimo de lucro. 

La persona o entidad solicitante se hará cargo de los gastos de funcionamiento, del personal de tutela del centro, así como de los desperfectos que se puedan derivar de la utilización del centro, y deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad solicitada, con el pago del recibo anual en vigor. Además, deberán disponer de los certificados negativo de delitos sexuales de las personas adultas que participen en la actividad.

Se solicitará previamente la autorización de la actividad al Consejo Escolar del Centro Docente, y se informará al Ayuntamiento, para su autorización provisional hasta que se produzca la autorización definitiva de la actividad extraescolar por el Consejo Escolar Municipal. 

El Consejo Escolar Municipal, a la vista de las peticiones, elaborará un programa de utilización de Centros de la localidad, armonizando en lo posible las solicitudes recibidas y las disponibilidades existentes. Dicho programa se hará público y será remitido al Jefe de los Servicios Territoriales de Educación, que lo comunicará a la Inspección de Educación Básica. Asimismo deberán ser informados los Consejos de Dirección de los Centros afectados. 

Las actividades extraescolares que se desarrollen fuera del recinto del Centro Docente Público se autorizarán previo informe favorable emitido por la Policía Local sobre la incidencia de la actividad en el estacionamiento y circulación de vehículos y peatones por las vías públicas, y previo informe favorable del Departamento de Parques y Jardines si la actividad se desarrolla en un parque público.

En los casos de reserva de estacionamiento para los autobuses con destino a la realización de excursiones escolares, fuera del horario fijado en los vados permanentes, desde el Ayuntamiento se emitirá, sin más, parte de trabajo a Policía Local para la señalización móvil de la zona, dando cuenta al Centro Docente de la realización de dicho trámite. 

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Los Centros Educativos de San Vicente del Raspeig. 

Las asociaciones de madres y padres de los Centros Educativos de San Vicente-AMPAS, entidades sociales, culturales, deportivas, etc., que estén registradas en el Registro General de Asociaciones de San Vicente del Raspeig o en los Registros de la Generalitat Valenciana en función de su ámbito de actuación, dirigirán sus solicitudes previamente a los centros educativos que necesiten utilizar. 

Posteriormente, la dirección del Centro Educativo procederá a presentar la solicitud de autorización de las actividades extraescolares ante el Ayuntamiento.

PLAZO DE SOLICITUD

  • Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre, para su inclusión en el programa anual de actividad extraescolar.
  • A partir del 30 de septiembre, cualquier otra actividad extraescolar que se pretenda realizar deberá presentarse ante el Ayuntamiento con una antelación de 7 días naturales.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud.
  • Plano o croquis de la zona afectada, denominación de las calles afectadas por el corte de tráfico, itinerario del mismo y/o reserva de estacionamiento, si la actividad se desarrolla en el exterior del centro.
  • Certificación del acuerdo del Consejo Escolar del Centro autorizando previamente la actividad.
  • Proyecto o Memoria de la actividad o evento.
  • Certificado negativo de delitos sexuales de las personas adultas que participen en la actividad y/o evento, obligatorio para llevar a cabo cualquier actividad con menores (Art. 57 de la Ley Orgánica nº Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia).
  • Declaración responsable informando que las personas adultas que participen en la actividad y/o evento son mayores de edad, identificándolas con nombres, apellidos, DNI.
  • Seguro de responsabilidad civil en vigor, suscrito por el organizador del evento y relacionado con la actividad, y recibo anual pagado y en vigor.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Si la actividad se desarrolla en el interior del centro docente, se autorizará de forma provisional por el/la Presidente/a del Consejo Escolar Municipal para permitir su desarrollo, y posteriormente se autorizará de forma definitiva en la siguiente sesión del Consejo Escolar Municipal. El acta definitiva de la sesión del Consejo Escolar Municipal, en la que constan las actividades extraescolares autorizadas, se remitirá a la Inspección Educativa correspondiente.

Si la actividad se desarrolla en el exterior del centro docente, el Ayuntamiento emitirá la autorización correspondiente previo informe favorable de la Policía Local y/o Parques o Jardines (si la actividad se desarrolla en un parque público).

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 
  • Ley 26/2018, 21 Diciembre de la Generalitat de Derechos y Garantías de la Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana.
  • ORDEN de 27 de noviembre de 1984, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula la utilización de las instalaciones y dependencias de los Centros Públicos de Preescolar, Educación General Básica, Educación Especial y Educación Permanente de Adultos.
  • ORDEN 9/2022, de 25 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las condiciones y el procedimiento de solicitud y de autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria del sistema educativo valenciano.
  • Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. 

CÓDIGO SIA

3167465

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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