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ARC01-Solicitud consulta de documentos del Archivo Municipal

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ARC01-Solicitud consulta de documentos del Archivo Municipal

A partir del día 01/12/2025

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Es objeto de este trámite solicitar la consulta de documentos que forman parte del fondo documental del Archivo Municipal de San Vicente del Raspeig.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Personas físicas o jurídicas, así como personas físicas representadas por otra persona física, tal y como se recoge en los artículos 3, 4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015)

PLAZO DE SOLICITUD

Durante todo el año.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

- En el caso de ser interesado en la documentación que solicita, deberá aportar: 

  • Solicitud 
  • Documento que acredite que es persona interesada en la documentación que solicita consultar. 
  • Autorización de representación, si es el caso. 

- En el caso de investigadores: 

  • Solicitud en la que se especificará la finalidad de la consulta en el Archivo Municipal (se pueden solicitar un máximo de 5 expedientes por solicitud)

DÓNDE PRESENTARLO

  • Telemáticamente: en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig a través de este trámite. 
  • Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en Pl. Comunitat Valenciana,1, con cita previa.

procedimiento de tramitación

La consulta de los documentos, que se encuentran en el Archivo Municipal, está sujeta a la legislación vigente en materia de acceso a los fondos documentales de los archivos históricos. 

1. Se podrán consultar libremente todos los documentos que no contengan datos de carácter personal. 

2. Salvo que por ley se establezcan plazos distintos de acceso, se podrán consultar libremente todos los documentos que contengan datos de carácter personal, cuando hayan transcurrido 25 años desde la muerte de la persona, o bien 50 años a partir de la fecha de los documentos si el momento de la defunción no es conocido. 

3. En el supuesto de que no hayan transcurrido los plazos señalados en el apartado anterior y la información contenida en los documentos afecte a la seguridad, honor, intimidad, propia imagen o a cualesquiera otros datos cuya reserva tutelan las leyes, estos sólo podrán ser consultados por sus titulares o sucesores. No obstante, estos documentos podrán ser consultados por otras personas si las personas cuya intimidad pueda ser afectada dan su consentimiento expreso por escrito, así como en los casos y condiciones señalados por la legislación. 

4. Siempre que sea posible, la consulta se realizará a través de copias, con el fin de preservar mejor la documentación original. La consulta de los originales solo se realizará cuando la investigación lo requiera, previa autorización del director del archivo. 

La persona responsable del Archivo Municipal de San Vicente del Raspeig decidirá qué series documentales han de ser excluidas de la consulta pública, de acuerdo con la legislación vigente y el tipo de información que contenga la documentación. Dicha decisión administrativa habrá de ser motivada. 

Para tener acceso a los documentos excluidos de consulta pública se deberá disponer de la correspondiente autorización administrativa del titular del centro directivo competente, previa solicitud razonada. 

Si los documentos han sido excluidos por contener datos de carácter personal, previa autorización administrativa se podrán consultar los documentos anteriores de forma parcial, siempre y cuando se pueda excluir de la consulta aquellos datos que permitan identificar a las personas afectadas.

información complementaria

Si solicita documentación en la que es interesado, deberá acreditar dicha condición. 

Si desea hacer la consulta de forma presencial en las instalaciones del Archivo Municipal deberá enviar un correo electrónico a archivomunicipal@raspeig.es 

También se puede enviar la documentación digitalizada, siendo el máximo por solicitud 15 imágenes. En dicha solicitud debe constar la signatura que tiene esa documentación en el Archivo Municipal.

FUENTES JURÍDICAS O DOCUMENTALES

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015)
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE n.º 295, de 10 de diciembre de 2013)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE nº294, de 6 de diciembre de 2018)
  • Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español (BOE n.º 155, de 29 de junio de 1985)
  • Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos (BOE nº 167, de 14 de julio de 2005)

CÓDIGO SIA

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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