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REC50-Procedimiento de selección para la cobertura por personal funcionario de carrera de una (1) plaza de técnico/a medio de gestión económica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig

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REC50-Procedimiento de selección para la cobertura por personal funcionario de carrera de una (1) plaza de técnico/a medio de gestión económica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig

Desde el día 24/02/2026 hasta el día 24/03/2026

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Es objeto del presente trámite la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de una (1) plaza de Técnico Medio de Gestión Económica, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

La provisión se realizará mediante el sistema selectivo de oposición por turno libre (acceso general).

A la convocatoria de este procedimiento podrán acumularse todas aquellas vacantes que se produzcan antes de que concluya el proceso selectivo con la toma de posesión, previa inclusión de estas en la correspondiente oferta de empleo público.

La plaza objeto de la convocatoria es de naturaleza funcionarial y se encuentra encuadrada dentro de la Escala de Administración Especial, subescala Técnica Media, perteneciente al Grupo profesional A,subgrupo A2, con la denominación de Técnico Medio de Gestión Económica.

Dicha plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público 2025 aprobada por Junta de Gobierno Local de 25.09.2025 y publicada en el BOP de Alicante nº 186 de 30.09.2025.

El puesto vinculado a la plaza está dotado con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo A2 y demás retribuciones complementarias asignadas al puesto, conforme a la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

CÓDIGO DEL PUESTO: 3.1.81.01 

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: TÉCNICO/A MEDIO GESTIÓN ECONÓMICA (A2-24) 

OBJETIVO GENÉRICO: Gestión, estudio y propuesta administrativa de nivel medio en el ámbito de Intervención. Colaboración en la coordinación, planificación y ejecución de la política del departamento, bajo la dirección de la jefatura de Servicio. 

FUNCIONES Y TAREAS: 

  • De Contabilidad presupuestaria y financiera. Apoyo a la Intervención Municipal en las tareas de gestión presupuestaria y formación de estados de ejecución trimestral, liquidación presupuestaria y Cuenta General. 
  • De Contabilidad económico patrimonial. Comprobación periódica y sistemática del reflejo contable de las operaciones de gestión patrimonial y, especialmente, de la composición y situación del Inventario Municipal de Bienes al cierre del ejercicio. 
  • De Contabilidad analítica. Mantenimiento y actualización de la estructura de costes y explotación de resultados anuales que sean requeridos para la formación de la Cuenta General, la remisión de datos a otras Administraciones (CESEL) y para la elaboración de estudios económico–financieros en la modificación y establecimiento de tasas por la prestación de servicios municipales. 
  • De control interno: Apoyo a la Intervención Municipal en el desarrollo genérico de las funciones de control interno, en cualquiera de sus modalidades y, especialmente, en las tareas relacionadas con la fiscalización previa limitada y en el desarrollo de las actuaciones de control financiero permanente incluidas en el Plan Anual de Control Financiero. 
  • Elaboración de informes, propuestas y estudios en materias asignadas al Servicio de Intervención que le encomiende el/la Interventor/a o la jefatura de Servicio y, específicamente, los que deban emitirse sobre la repercusión de nuevos contratos en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. 
  • Colaboración en la realización de informes, documentos y redacción de propuestas relacionadas con Intervención, bajo las directrices de la jefatura de Servicio y del técnico superior adjunto a la Jefatura. 
  • Participa en las acciones formativas de diversa naturaleza en materia de prevención de riesgos laborales que determine la Corporación, así como realiza funciones de apoyo en orden a la definición y cumplimiento del cuadro de medidas establecidas en este ámbito. 
  • Realiza aquellas tareas análogas a las anteriormente descritas que se correspondan con los conocimientos exigidos para la provisión del puesto.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Quienes aspiren a ingresar en la plaza objeto de la presente convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación, permita el acceso al empleo público. 

b) Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por Ley. 

c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. 

d) No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública, organismo público, consorcio, universidad pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de los puestos de trabajo del cuerpo y, en su caso, escala, agrupación profesional funcionarial o agrupación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público. 

e) Estar en posesión del título universitario de Grado en Economía o en Administración de empresas o equivalente, o bien cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. 

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Tal circunstancia se acreditará mediante la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

DÓNDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de este procedimiento específico, habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, quedando excluida cualquier otra forma de presentación, al ser consideradas las personas aspirantes sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con el artículo tercero de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. 

La presentación por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Solicitud
  • Copia de la titulación exigida.
  • Pago de la tasa por derechos de examen, por el importe exacto que figura en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal. El impago de la tasa o su pago parcial dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación.
  • Documentación que acredite la exención o reducción de la tasa, en su caso.

TASA POR CONCURRENCIA A PRUEBAS SELECTIVAS

  • Grupo A, Subgrupo A2: 26,33€

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial de este supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

El abono de los derechos de examen se realizará a través del procedimiento específico en sede electrónica, a través del botón "REALIZAR PAGO" incluido en el propio trámite. El pago efectuado por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación. 

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33% acreditada por certificado expedido por el órgano competente. 

b) El personal empleado público al servicio del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

Cuando el sujeto pasivo sea una persona que figure como demandante de empleo con una antigüedad mínima de un año referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia se aplicará una reducción de la tasa del 50%.

Las deficiencias técnicas acreditadas no serán objeto de exclusión de las personas candidatas.

Si en el momento de realizar el pago o el trámite se produjera alguna incidencia, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico eadmin@raspeig.es

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

NORMATIVA APLICABLE

El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las bases espcíficas, así como en las Bases generales reguladoras de los procedimientos de selección de personal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 04.08.2022, modificadas posteriormente en sesión de 27.10.2022 (BOP nº 211 , de 07.11.2022).

Asimismo, será de aplicación la siguiente normativa:

a) La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. 

b) El Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. 

c) El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 

d) La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 

e) La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. 

f) El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell. 

g) El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los funcionarios de Administración Local. 

h) El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 

i) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

j) La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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