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Es objeto del presente trámite la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de siete (7) plazas de ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a cubrir mediante el sistema selectivo por turno libre, OPOSICIÓN (4 plazas) y por promoción interna, CONCURSO-OPOSICIÓN (3 plazas).
Las plazas objeto de la convocatoria son de naturaleza funcionarial y se encuentran encuadradas dentro de la Escala de Administración General, subescala Administrativa, perteneciente al Grupo profesional C, subgrupo C1, con la denominación de Administrativo de Administración General.
Dichas plazas fueron objeto de oferta de empleo público en el año 2022 (BOPA nº 97 de 24.05.2022) y 2023 (BOPA nº 248 de fecha 29.12.2023).
En el caso que las plazas reservadas por promoción interna queden sin cubrir se acumularán al turno libre ordinario.
Esta convocatoria podrá ser incrementada con las plazas que se pudiesen ofertar en las correspondientes Ofertas de Empleo Público, antes de la finalización del procedimiento, entendiendo como tal, el acto de toma de posesión como funcionario/a de carrera.
Los puestos vinculados a las plazas estarán dotados con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C1 y demás retribuciones complementarias, asignadas al puesto, conforme a la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
DENOMINACIÓN DEL PUESTO: ADMINISTRATIVO ADMINISTRACIÓN GENERAL Subgrupo C1 - CD nivel 20 - CE 5.200,47 €
OBJETIVO GENÉRICO: La realización, seguimiento y supervisión, con autonomía, de los trabajos administrativos que comportan complejidad y responsabilidad.
FUNCIONES Y TAREAS:
Colaboración en la realización de informes, documentos y propuestas relacionadas con el Departamento
Coordinación de los trabajos administrativos del Departamento: distribución de tareas; supervisión de las mismas; asesoramiento e información del personal a su cargo.
Control y supervisión del personal a su cargo.
Seguimiento y control de los expedientes relacionados con el Departamento.
Realización de operaciones concretas de cumplimentación, transcripción, comprobación, cálculos, asientos de contabilidad, cierre de libros contables, facturas, control de existencias, etc.
Información y atención al público en los asuntos propios del departamento.
Control, seguimiento, archivo y tramitación de los expedientes y documentos relacionados con el departamento.
Participa en las acciones formativas de diversa naturaleza en materia de prevención de riesgos laborales que determine la Corporación, así como realiza funciones de apoyo en orden a la definición y cumplimiento del cuadro de medidas establecidas en este ámbito.
Realiza aquellas tareas análogas a las anteriormente descritas que se correspondan con los conocimientos exigidos para la provisión del puesto.
Turno promoción interna por concurso-oposición:
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de su nombramiento como funcionario de carrera, además de los requisitos que se indican en las Bases Generales, los siguientes requisitos:
Turno libre ordinario por oposición:
Quienes aspiren a ingresar en las plazas objeto de la presente convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos:
Si en el momento del llamamiento alguno de los aspirantes propuestos no reuniera los requisitos exigidos para su nombramiento en el artículo 56 del TREBEP, se le considerará decaído en su derecho al nombramiento como funcionario y se procederá al llamamiento al siguiente aspirante al que por turno le correspondiera.
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de este procedimiento específico habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig quedando excluida cualquier otra forma de presentación, al ser consideradas las personas aspirantes sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con el artículo tercero de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
La presentación por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.
a) Turno promoción interna:
b) Turno libre ordinario:
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial de este supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
El abono de los derechos de examen se realizará a través del procedimiento específico en sede electrónica, a través del botón "REALIZAR PAGO" incluido en el propio trámite. El pago efectuado por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33% acreditada por certificado expedido por el órgano competente.
b) El personal empleado público al servicio del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.
Cuando el sujeto pasivo sea una persona que figure como demandante de empleo con una antigüedad mínima de un año de forma ininterrumpida referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia se aplicará una reducción de la tasa del 50%.
Las deficiencias técnicas acreditadas no serán objeto de exclusión de las personas candidatas.
Si en el momento de realizar el pago o el trámite se produjera alguna incidencia, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico eadmin@raspeig.es
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El proceso selectivo se regirá por lo establecido en sus bases, así como, en las Bases generales reguladoras de los procedimientos de selección de personal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 4 de agosto de 2022, y modificadas en su sesión de 27 de octubre de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 211 de fecha 7 de noviembre de 2022.
Asimismo, será de aplicación la siguiente normativa en materia de función pública:
a. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
b. El Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
c. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
d. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
e. La Ley 4/21, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
f. El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell.
g. El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los funcionarios de Administración Local.
h. El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
i. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
j. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación.