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REC46 - Procedimiento de selección cobertura por personal funcionario de carrera de siete (7) plazas de administrativo (4 turno libre por oposición y 3 promoción interna por concurso-oposición)

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REC46 - Procedimiento de selección cobertura por personal funcionario de carrera de siete (7) plazas de administrativo (4 turno libre por oposición y 3 promoción interna por concurso-oposición)

Desde el día 04/03/2026 hasta el día 01/04/2026

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Es objeto del presente trámite la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo para  la provisión en propiedad de siete (7) plazas de ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a cubrir mediante el sistema selectivo por turno libre, OPOSICIÓN (4 plazas) y por promoción interna, CONCURSO-OPOSICIÓN (3 plazas).

Las plazas objeto de la convocatoria son de naturaleza funcionarial y se encuentran encuadradas dentro de la Escala de Administración General, subescala Administrativa, perteneciente al Grupo profesional C, subgrupo C1, con la denominación de Administrativo de Administración General.

Dichas plazas fueron objeto de oferta de empleo público en el año 2022 (BOPA nº 97 de 24.05.2022) y 2023 (BOPA nº 248 de fecha 29.12.2023).

En el caso que las plazas reservadas por promoción interna queden sin cubrir se acumularán al turno libre ordinario.

Esta convocatoria podrá ser incrementada con las plazas que se pudiesen ofertar en las correspondientes Ofertas de Empleo Público, antes de la finalización del procedimiento, entendiendo como tal, el acto de toma de posesión como funcionario/a de carrera.

Los puestos vinculados a las plazas estarán dotados con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo C1 y demás retribuciones complementarias, asignadas al puesto, conforme a la vigente relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: ADMINISTRATIVO ADMINISTRACIÓN GENERAL Subgrupo C1 - CD nivel 20 - CE 5.200,47 €

OBJETIVO GENÉRICO: La realización, seguimiento y supervisión, con autonomía, de los trabajos administrativos que comportan complejidad y responsabilidad.

FUNCIONES Y TAREAS:

Colaboración en la realización de informes, documentos y propuestas relacionadas con el Departamento

Coordinación de los trabajos administrativos del Departamento: distribución de tareas; supervisión de las mismas; asesoramiento e información del personal a su cargo.

Control y supervisión del personal a su cargo.

Seguimiento y control de los expedientes relacionados con el Departamento.

Realización de operaciones concretas de cumplimentación, transcripción, comprobación, cálculos, asientos de contabilidad, cierre de libros contables, facturas, control de existencias, etc.

Información y atención al público en los asuntos propios del departamento.

Control, seguimiento, archivo y tramitación de los expedientes y documentos relacionados con el departamento.

Participa en las acciones formativas de diversa naturaleza en materia de prevención de riesgos laborales que determine la Corporación, así como realiza funciones de apoyo en orden a la definición y cumplimiento del cuadro de medidas establecidas en este ámbito.

Realiza aquellas tareas análogas a las anteriormente descritas que se correspondan con los conocimientos exigidos para la provisión del puesto.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Turno promoción interna por concurso-oposición: 

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de su nombramiento como funcionario de carrera, además de los requisitos que se indican en las Bases Generales, los siguientes requisitos: 

  • Ser funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig en activo, integrado en la Escala de Administración General, correspondiente al Grupo C, subgrupo C2, Auxiliar Administrativo. 
  • Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años en la categoría encuadrada en la Escala Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, Auxiliar Administrativo.
  •  Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas objeto de estas plazas, es decir, no sufrir ninguna enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de las funciones, que será determinado con la aptitud laboral del Servicio de Prevención Ajeno. 
  • No haber sido separado por medio de expediente disciplinario del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni encontrarse suspenso ni inhabilitado en firme para el ejercicio de funciones públicas. 
  • Estar en posesión de la titulación de Bachiller o Técnico (artículo 76 TREBEP) o equivalentes, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias, o alternativamente el Titulo de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente y poseer una antigüedad, como funcionario de carrera, de diez años como Auxiliar de Administración General. En el supuesto de títulos obtenidos en el extranjero se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La equivalencia, convalidación u homologación del título deberá ser debidamente acreditada por los aspirantes mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.

Turno libre ordinario por oposición: 

Quienes aspiren a ingresar en las plazas objeto de la presente convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos: 

  • Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación, permita el acceso al empleo público. 
  • Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por Ley. 
  • Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. 
  • No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública, organismo público, consorcio, universidad pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de los puestos de trabajo del cuerpo y, en su caso, escala, agrupación profesional funcionarial o agrupación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme, o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público. 
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. 
  • Estar en posesión de la titulación de Bachiller o Técnico (artículo 76 TREBEP) o equivalentes, o bien cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación (acreditación del abono de las tasas para la emisión del título correspondiente).

Si en el momento del llamamiento alguno de los aspirantes propuestos no reuniera los requisitos exigidos para su nombramiento en el artículo 56 del TREBEP, se le considerará decaído en su derecho al nombramiento como funcionario y se procederá al llamamiento al siguiente aspirante al que por turno le correspondiera.

DÓNDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de este procedimiento específico habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig quedando excluida cualquier otra forma de presentación, al ser consideradas las personas aspirantes sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con el artículo tercero de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. 

La presentación por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias. 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Solicitud

a) Turno promoción interna: 

  • Copia de la titulación exigida o acreditación de poseer una antigüedad, como funcionario de carrera, de diez años como Auxiliar de Administración General en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, de conformidad con la Disposición adicional novena del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo.

b) Turno libre ordinario: 

  • Copia de la titulación exigida 
  • Pago de la tasa por derechos de examen, por el importe exacto que figure en la vigente ordenanza fiscal. El impago de la tasa o su pago parcial dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación 
  • Documentación que acredite la exención o reducción de la tasa, en su caso.

TASA POR CONCURRENCIA A PRUEBAS SELECTIVAS

  • Grupo C, Subgrupo C1: 18,23€

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial de este supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

El abono de los derechos de examen se realizará a través del procedimiento específico en sede electrónica, a través del botón "REALIZAR PAGO" incluido en el propio trámite. El pago efectuado por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación. 

Estarán exentas del pago de esta tasa: 

a) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33% acreditada por certificado expedido por el órgano competente. 

b) El personal empleado público al servicio del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

Cuando el sujeto pasivo sea una persona que figure como demandante de empleo con una antigüedad mínima de un año de forma ininterrumpida referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia se aplicará una reducción de la tasa del 50%.

Las deficiencias técnicas acreditadas no serán objeto de exclusión de las personas candidatas.

Si en el momento de realizar el pago o el trámite se produjera alguna incidencia, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico eadmin@raspeig.es

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

NORMATIVA APLICABLE

El proceso selectivo se regirá por lo establecido en sus bases, así como, en las Bases generales reguladoras de los procedimientos de selección de personal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 4 de agosto de 2022, y modificadas en su sesión de 27 de octubre de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 211 de fecha 7 de noviembre de 2022.

Asimismo, será de aplicación la siguiente normativa en materia de función pública: 

a. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

b. El Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. 

c. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 

d. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 

e. La Ley 4/21, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. 

f. El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell. 

g. El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los funcionarios de Administración Local. 

h. El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 

i. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 j. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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