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REC53-Provisión por concurso de méritos el puesto de jefatura de servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig

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REC53-Provisión por concurso de méritos el puesto de jefatura de servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig

Desde 09/07/2026 0:00 hasta 29/07/2026 23:59

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OBJETO DEL TRÁMITE

Es objeto del presente trámite la presentación de solicitudes para participar en el proceso de selección según las normas específicas de la convocatoria para la provisión definitiva por el sistema de concurso de méritos del puesto de jefatura de servicio que se relaciona a continuación: 

  • Área de adscripción: Recursos Humanos
  • Denominación: Jefatura de Servicio de Recursos Humanos  
  • Código de puesto RPT: 2.2.05.02 
  • Subgrupo de clasificación: A1/A2 
  • Complemento de destino: 26 
  • Complemento específico anual: 675 puntos.

El proceso selectivo se regirá por lo establecido en sus bases, aprobadas por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local celebrada el 21 de mayo de 2026, así como, en las Bases generales reguladoras de los procedimientos de selección de personal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 4 de agosto de 2022, y modificadas en su sesión de 27 de octubre de 2022. 

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Quienes deseen participar en el procedimiento de provisión de puestos de trabajo de la presente convocatoria deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la adscripción definitiva al puesto de trabajo obtenido en el concurso de méritos los siguientes requisitos: 

a) Ser personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig en plaza perteneciente a la escala de Administración General, subescala Técnica Superior/Media, grupo de clasificación A, subgrupo A1/A2, con una antigüedad mínima de dos años en el puesto de trabajo obtenido con destino definitivo, salvo las excepciones previstas en el artículo 114.7 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función Pública Valenciana.  

b) Podrá participar el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos determinados en la convocatoria en la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el personal suspenso en firme mientras dure la suspensión; el personal que, por sanción de demérito, esté imposibilitado para participar en procedimientos de provisión de los puestos convocados, mientras dure la sanción y el personal excedente voluntario por interés particular durante el plazo legal obligatorio de permanencia en dicha situación, si es de aplicación. 

c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. 

Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta el momento, en su caso, de toma de posesión. 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Solicitud.
  • Modelo normalizado de autobaremación REC08.
  • Documentación acreditativa de cada uno de los méritos alegados y enumerados en el formulario de autobaremación REC08.

DÓNDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica por el procedimiento específico habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, quedando excluida cualquier otra forma de presentación, al tener la consideración de sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. La presentación por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias. 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.  

VALORACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS

El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos generales y en la segunda los méritos específicos adecuados a las características del puesto. 

Únicamente se valorarán los méritos contraídos hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. 

La segunda fase está compuesta por la elaboración de una memoria y su posible exposición y defensa. 

FASE PRIMERA: Valoración de méritos Generales. Máximo 60 puntos.

FASE SEGUNDA: Desarrollo, exposición y defensa de una memoria del puesto. Puntuación máxima 30 puntos. 

No podrán acceder a la exposición y defensa de la memoria quienes no hayan obtenido en la fase primera una puntuación total de al menos 25 puntos.  

Asimismo, en caso de que solo un aspirante acceda a esta fase, no será necesario la exposición de dicha memoria, únicamente su valoración por parte de la comisión de valoración. 

La prueba consistirá en la redacción de una memoria que se presentará en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva de admitidos en esta segunda fase, en el que la persona aspirante habrá de exponer aquellos aspectos básicos para el desempeño de las funciones del puesto objeto del concurso y sus posibles iniciativas al respecto, así como sobre cualquier otro aspecto del puesto de trabajo que se considere que haya de ser tenido en consideración. 

Los criterios de valoración serán publicados junto a la composición de la Comisión de Valoración. 

La extensión máxima de la memoria será de 10 páginas numeradas, sin contabilizar la portada ni el índice, con el siguiente formato de fuente: “Calibri”, tamaño 12, espaciado normal y el siguiente formato de párrafo: interlineado sencillo, margen normal. 

En el caso que exista más de un candidato, la comisión publicara la fecha de la convocatoria en la que deben acudir los candidatos para realizar una breve exposición de la memoria, en el tiempo máximo fijado la comisión de valoración, así como responder a una serie de preguntas referidas a dicha memoria y a las funciones del puesto de trabajo.  

La finalidad de la misma será precisar los conocimientos expuestos en la memoria, aclarar o ampliar conceptos y, en general, contrastar la adecuación del perfil profesional y aptitudes de la persona aspirante al puesto de trabajo al que se presenta.  

NORMATIVA APLICABLE

Los procesos de provisión se regirán por lo establecido en sus presentes bases específicas, siendo, asimismo, de aplicación la siguiente normativa: 

a) La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

b) El Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. 

c) El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 

d) La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 

e) La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. 

f) El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell. 

g) El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 

h) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

i) La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación. 

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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