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El objeto de este trámite es solicitar la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, que tiene por objeto financiar los gastos derivados de los trámites de obtención de los permisos de conducir C1, C, C+E y/o D, para particulares que estén en situación de desempleo, siempre y cuando lo hayan obtenido a partir del día 1 de enero del 2025 y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La finalidad de la concesión de las subvenciones es apoyar la obtención de permisos de conducir C1, C, C+E y/o D, que permiten al desempleado/a mejorar su inserción laboral.
La cuantía subvencionable será el 90% del importe de la factura y con el límite máximo de 1.450 € por cada uno de los carnés profesionales obtenidos y hasta un total de dos carnés subvencionables, lo que hace un importe total máximo de 2.900 €. Se consideran gastos subvencionables:
Podrán solicitar las subvenciones, las personas desempleadas empadronadas en el municipio de San Vicente del Raspeig, que hayan obtenido uno o dos de los permisos de conducción: C1, C, C+E y/o D, a partir del día 1 de enero del 2025 y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los/as solicitantes de las ayudas, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar empadronados en el municipio de San Vicente del Raspeig, con anterioridad al 1 de enero del 2025
b) Que la obtención del permiso de conducción haya sido a partir del 1 de enero del 2025 y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Generalitat Valenciana, la Hacienda Local y frente a la Seguridad Social, debiendo aportar Declaración Responsable de estar al corriente (formulario web disponible dentro del trámite), al ser subvenciones por importe no superior a 3.000 €
d) No estar incurso en causa de reintegro en los términos del artículo 37 de la Ley General de Subvenciones por cualquier subvención económica concedida por este Ayuntamiento o sus Entidades dependientes.
e) Que hayan presentado la justificación de los gastos por los que se solicita la subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la OGS, concretándose en esta convocatoria, la modalidad de justificación, mediante cuenta justificativa del gasto realizado. La justificación de la subvención solicitada se efectuará por la persona física solicitante de la subvención, mediante la presentación, de la Cuenta Justificativa Simplificada (modelo normalizado, código EMP10), a través de catálogo de trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, en el trámite denominado “Convocatoria concesión subvenciones para obtención permisos de conducción: C1, C, C+E y/o D, con objeto de mejorar la inserción laboral”: https://raspeig.sedipualba.es
El plazo de presentación de solicitudes y documentación justificativa, será del 1 al 31 de agosto del 2026.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones es en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria abierta.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el/la Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig y como suplente, el/la Técnico de Medio de Gestión del mismo departamento.
El instructor del procedimiento realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, en los términos señalados en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
El informe del órgano instructor será remitido a la Comisión de Evaluación, órgano colegiado encargado de efectuar la valoración de las solicitudes, conforme a los criterios establecidos en la convocatoria.
El órgano competente para la resolución del procedimiento es por delegación de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, quien a propuesta del órgano instructor, dictará la resolución que proceda, sobre concesión o denegación de la subvención.