Espere, por favor...
Espere, por favor...
Sede Electrónica SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG
Sede Electrónica
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

REC55-Procedimiento de selección para la cobertura por personal funcionario de carrera de cuatro (4) plazas de Técnico/a de integración social

Escudo de SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG
Sede Electrónica > REC55-Procedimiento de selección para la cobertura por personal funcionario de carrera de cuatro (4) plazas de Técnico/a de integración social

REC55-Procedimiento de selección para la cobertura por personal funcionario de carrera de cuatro (4) plazas de Técnico/a de integración social

Desde 22/09/2026 0:00 hasta 21/10/2026 23:59

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

OBJETO DEL TRÁMITE

Es objeto del presente trámite la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de cuatro (4) plazas de Técnico/a de Integración Social, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. 

 La provisión se realizará mediante el sistema selectivo de oposición por turno libre. 

A esta convocatoria podrán acumularse todas aquellas vacantes que se produzcan antes de que concluya el proceso selectivo con la toma de posesión, previa inclusión de estas en la correspondiente oferta de empleo público. 

Las plazas objeto de la presente convocatoria son de naturaleza funcionarial y se encuentran encuadradas dentro de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica media, perteneciente al Grupo profesional B, con la denominación de Técnico/a de Integración Social. 

Dichas plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público 2023 aprobada por Decreto de Alcaldía nº 6445 de 29.12.2023 y publicada en el BOP de Alicante nº 248 de 29.12.2023. 

CÓDIGOS DE LOS PUESTOS: 4.2.01.01/02/03/04 
DENOMINACIÓN DEL PUESTO: TÉCNICO/A DE INTEGRACIÓN SOCIAL  
FUNCIONES Y TAREAS: 
  • Elaborar e implementar proyectos de integración social, aplicando la normativa legal vigente e incorporando la perspectiva de género. 
  • Programar actividades de integración social, aplicando los recursos y las estrategias metodológicas más adecuadas.  
  • Diseñar y poner en práctica actuaciones para prevenir la violencia machista, evaluando el desarrollo de estas. 
  • Organizar las actividades de apoyo a la gestión doméstica, en función de las características de la unidad de convivencia, controlando y evaluando el desarrollo de estas. 
  • Organizar y desarrollar actividades de apoyo psicosocial. 
  • Organizar e implementar programas de inserción laboral y ocupacional. 
  • Participar, junto con el equipo social de base, en el acompañamiento en los procesos de inclusión de los beneficiarios de la Renta Valenciana de Inclusión. 
  • Seguimiento del cumplimiento de los planes de inclusión y planes de intervención familiar de las personas usuarias de Servicios Sociales. 
  • Realizar tareas de mediación entre personas y grupos en conflicto social. 
  • Realizar el control y seguimiento de la intervención diseñada por el equipo de Servicios Sociales. 
  • Informar y Orientar sobre prestaciones y recursos sociales en la atención a la ciudadanía. 
  • Seguimiento y atención a personas dependientes, con enfermedad mental o diversidad funcional y a su respectiva red de apoyo para la promoción de la mejora de la calidad de vida de estos. 
  • Participar en las acciones formativas de diversa naturaleza en materia de prevención de riesgos laborales que determine la Corporación, así como realizar funciones de apoyo en orden a la definición y cumplimiento del cuadro de medidas establecidas en este ámbito. 
  • Realizar aquellas tareas análogas a las anteriormente descritas que se correspondan con los conocimientos exigidos para la provisión del puesto. 

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Quienes aspiren a ingresar en la plaza objeto de la presente convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos: 

  • Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación, permita el acceso al empleo público. 
  • Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por Ley. 
  • Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. 
  • No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública, organismo público, consorcio, universidad pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de los puestos de trabajo del cuerpo y, en su caso, escala, agrupación profesional funcionarial o agrupación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público. 
  • Estar en posesión del título de Técnico Superior en Integración Social o equivalente o bien cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.  En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Dicha homologación deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por el órgano competente. 
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Tal circunstancia se acreditará mediante la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. 

DÓNDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de este procedimiento específico habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig quedando excluida cualquier otra forma de presentación, al ser consideradas las personas aspirantes sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con el artículo tercero de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. 

La presentación por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias. 

DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR

  • Solicitud
  • Copia de la titulación exigida
  • Pago de la tasa por derechos de examen, por el importe exacto que figura en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal. El impago de la tasa o su pago parcial dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación
  • Documentación que acredite la exención o reducción de la tasa, en su caso

TASA POR CONCURRENCIA A PRUEBAS SELECTIVAS

Grupo B: 22,28€

 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial de este supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo. 

El abono de los derechos de examen se realizará a través del procedimiento específico en sede electrónica, a través del botón "REALIZAR PAGO" incluido en el propio trámite. El pago efectuado por otros medios dará lugar a la exclusión, sin que pueda ser objeto de subsanación.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

  • Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33% acreditada por certificado expedido por el órgano competente.  
  • El personal empleado público al servicio del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.  

Cuando el sujeto pasivo sea una persona que figure como demandante de empleo con una antigüedad mínima de un año referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia se aplicará una reducción de la tasa del 50%.  

 Las deficiencias técnicas acreditadas no serán objeto de exclusión de las personas candidatas. 

Si en el momento de realizar el pago o el trámite se produjera alguna incidencia, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico eadmin@raspeig.es

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

NORMATIVA APLICABLE

  El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las presentes bases, así como, en las Bases generales reguladoras de los procedimientos de selección de personal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 4 de agosto de 2022, y modificadas en su sesión de 27 de octubre de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 211 de fecha 7 de noviembre de 2022.  

Asimismo, será de aplicación la siguiente normativa: 

  • La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. 
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. 
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 
  • La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 
  • El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los funcionarios de Administración Local. 
  • La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. 
  • El Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell. 
  • El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 
  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que sean de aplicación. 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
Precarga de imagen Precarga de imagen