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El programa de acción comunitaria para la inclusión socioeducativa consiste en la realización de actividades que están dirigidas a personas menores de edad de entre 6 y 16 años para evitar el abandono escolar, adquisición de hábitos y pautas de estudio, así como apoyo socioeducativo para alumnos extranjeros y/o recién migrados para aprendizaje y consolidación de idioma castellano.
Podrán solicitar estas ayudas, aquellas familias que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Vecindad administrativa del solicitante en el municipio de San Vicente del Raspeig.
b) Unidades familiares de convivencia, que en el momento de la valoración de la necesidad no supere la cuantía mensual per cápita del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que para el año 2026 el IPREM mensual está en 600€.
c) Personas menores de edad que, sin cumplir las situaciones económicas anteriormente señaladas, se encuentren en acogimiento en familia extensa, allegada o educadora, al igual que los hijos e hijas menores de edad de dichas familias, se considerarán con derecho a participar en el programa, sin que se apliquen la condición b) del apartado anterior.
Se considera, unidad económica de convivencia, la formada por el menor conviviente, con otras personas unidas con este por lazos de parentesco por consanguinidad, adopción y afinidad, hasta el segundo grado inclusive.
d)Tendrán especial prioridad aquellas familias con las que se mantiene intervención social activa y de las que se conoce la situación sociofamiliar y económica a la fecha de la presentación de la solicitud; sin perjuicio que puedan darse situaciones, casos y circunstancias imprevistas y/o sobrevenidas y se pueda incluir apoyo para solventar dicha circunstancia relacionada con la inclusión de la/s persona/s menor o menores de edad en el recurso de taller.
La tipologías de las familias para la inclusión de sus hijos en los distintos talleres son:
A las solicitudes se deberá acompañar, como mínimo, la siguiente documentación:
En caso de valorar criterios sociales, habrá que aportar la siguiente documentación según el caso:
El empadronamiento de los niños, niñas y adolescentes y de la persona solicitante será comprobado directamente por el Ayuntamiento. En caso de no existir empadronamiento, pero sí residencia efectiva, el solicitante deberá aportar la documentación acreditativa que posea, y dicha situación será comprobada por el Ayuntamiento.
Las actividades se realizarán en el CEIP Jaume I, en horario de tarde, en dos sesiones semanales de entre 1 y 1,5 horas cada una.
El refuerzo escolar estará dividido en cuatro grupos, dos de primaria y dos de secundaria.
Los grupos de español para extranjeros se conformarán en función del nivel de conocimiento del idioma.
En caso de cubrir plazas, se generará una lista de espera.
Para más información, las personas interesadas deberán dirigirse a:
Concejalía de Derechos Sociales - Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig
Plaza de la Comunidad Valenciana, 1- 2ª planta
derechossociales@raspeig.es