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SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG

SER05-Prestaciones económicas individualizadas Emergencia Social

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SER05-Prestaciones económicas individualizadas Emergencia Social

ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.

Descripción

Se trata de prestaciones de carácter extraordinario, no periódicas, subsidiarias y complementarias de los Servicios Sociales destinadas a paliar de modo temporal aquellas situaciones sobrevenidas en que puedan hallarse las personas afectadas por un estado de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, que no puedan satisfacer por medios propios, y que no estén cubiertas por el sistema público.

Entre estas necesidades se incluyen la alimentación, higiene personal y doméstica, vivienda, luz, gas, agua, telecomunicaciones, electrodomésticos, mobiliario básico, gastos sanitarios básicos no cubiertos por la Seguridad Social, y aquellos productos que por parte del personal técnico de Servicios Sociales se valore necesario.

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Toda persona física, mayor de edad, empadronada o con residencia efectiva debidamente documentada en San Vicente del Raspeig.

FORMA DE INICIO

Por el interesado o su representante legal.

DÓNDE PRESENTARLO

  • Presencial (Oficina de asistencia en materia de registro)
  • Electrónico

Plazo de Solicitud

Todo el año

Forma de solicitar las ayudas

    Para poder solicitar estas ayudas, es necesario tener una entrevista con el/la trabajador/a social, a través de cita solicitada en los Servicios Sociales del Ayuntamiento, en la que se valorará su situación y se solicitará documentación acreditativa de la misma.

Por el interesado o su representante legal.

Documentación

1. Documentación general

  • DNI/NIE/pasaporte de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia o documentos equivalentes.
  • Tarjeta sanitaria de todos los miembros.
  • Declaración responsable SER19A (ingresos, otras ayudas, situación tributaria/Seguridad Social).

2. Documentación jurídica

  • Documentación de separación/divorcio: demanda, sentencia o convenio.
  • Justificantes de pensiones o denuncia de impago.
  • Acreditación de violencia de género (orden, sentencia o informe).

3. Documentación educativa

  • Matrícula y certificado de asistencia escolar.

4. Documentación sobre vivienda

  • Alquiler: contrato, últimos recibos y nota simple de titularidad del arrendador.
  • Propiedad: escritura, IBI y recibos de hipoteca (si aplica).
  • Facturas o deudas de suministros (luz, agua, gas, telecomunicaciones).
  • Para adaptación de vivienda: titularidad o derecho de uso y autorización del propietario.

5. Documentación sanitaria

  • Informe de salud para prestaciones sociales.
  • Cartilla de vacunación / embarazo (si procede).
  • Diagnóstico y prescripción médica.
  • Certificados de discapacidad o dependencia (y PIA).

6. Documentación económica

  • Ingresos de los últimos 12 meses (nóminas, contratos, IVA trimestral…).
  • Declaración de la renta o certificado negativo (mayores de 16 años).
  • Certificado integral de prestaciones de la Seguridad Social.
  • Certificado de prestación/subsidio del SEPE.
  • Vida laboral.
  • DARDE en vigor (mayores de 16 años).
  • Certificado de no rechazo de ofertas de empleo/formación (últimos 6 meses).
  • Extracto bancario con movimientos recientes de todas las cuentas.
  • Justificante de solicitud del Ingreso Mínimo Vital o declaración responsable.
  • Certificado catastral de inmuebles.

7. Presupuestos y otros documentos

  • Presupuesto del servicio a contratar.
  • Para desplazamientos: acreditación de necesidad/frecuencia y presupuesto o declaración responsable.

La documentación exigida es la que se contempla en este artículo, si bien no se requerirán los documentos que pueda ser obtenidos por esta administración al contar con autorización expresa de los interesados. En caso de no realizar dicha autorización, la persona solicitante, deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes. 

Además, el personal técnico de servicios sociales podrá requerir cualquier otra documentación que considere relevante para una adecuada valoración social y económica de la situación familiar y de la ayuda a otorgar.

La documentación no podrá tener más de seis meses de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud, salvo que el propio documento indique vigencia distinta.

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN  (Muy resumido)

Las personas interesadas en solicitar una Prestación Económica Individualizada (PEIS) deben mantener primero una entrevista con el trabajador/a social de referencia, concertando cita previa. En esa entrevista se valorará su situación socioeconómica y se informará sobre las prestaciones disponibles, requisitos, documentos necesarios y trámites a seguir.

Tras la entrevista, la solicitud —junto con la documentación requerida— deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, o de forma presencial en CIVIC, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

La presentación de la solicitud implica:

  • Aceptar todas las condiciones, requisitos y obligaciones de la ordenanza.
  • Autorizar el tratamiento de datos personales.

Información complementario

Requisitos generales de los solicitantes y su unidad de convivencia: 

a)      Que el beneficiario y su unidad familiar o de convivencia se hallen en grave situación de necesidad económica y no dispongan de recursos o ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de dicha situación. 

b)      Ser mayor de edad o menor emancipado.  Podrán ser también solicitantes los mayores de 16 y menores de 18 años cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que tengan a su cargo personas con diversidad funcional, en situación de dependencia o menores de edad. 
  • Que sean víctimas de explotación sexual o trata, o víctima de violencia de género o intrafamiliar. 
  • Que estén participando o hayan participado, en programas de preparación para la vida independiente de los menores. 

c)      Estar empadronada la persona solicitante y su unidad de convivencia y/o familiar, en su caso, o residir efectivamente, de forma debidamente documentada, en el municipio de San Vicente del Raspeig. Excepcionalmente, se podrán conceder ayudas a personas en situación de calle y/o similar. 

a)      Que la renta per cápita de la unidad familiar y/o de convivencia a la que pertenece la persona solicitante no supere la cuantía anual que la Consellería competente en materia de servicios sociales determine en las instrucciones y/o órdenes por las que se regulan y convocan ayudas en materia de Servicios Sociales. 

b)      En los casos de solicitantes que tengan la consideración de víctimas de violencia de género, el límite de las rentas para el acceso a las prestaciones económicas individualizadas que se establece se verá incrementado en un 50% en referencia al párrafo anterior. Los límites de renta establecidos se podrán incrementar en un 20% si alguna de las personas que forman parte de la unidad de convivencia es dependiente, presenta una discapacidad reconocida del 33% o superior, o tiene reconocida la condición de familia numerosa o monoparental.

c)      Que se disponga de informe técnico en el que se determine la necesidad de la acción objeto de la ayuda y se haga constar que se han solicitado y/o agotado todos los recursos existentes encaminados a resolver la necesidad.

d)      Aceptar las condiciones de la intervención social y suscribir el Plan Personalizado de intervención en aquellos casos en que así se determine.

e)      No haber incumplido los compromisos adquiridos en planes de intervención social con motivo de ayudas concedidas con anterioridad.

f)        Que los niños, niñas y adolescentes de la unidad de convivencia en edad de escolarización obligatoria estén escolarizados y asistan regularmente a los centros escolares.

g)       Estar inscritas todas las personas mayores de 16 años (salvo escolarización) que forman parte de la unidad de convivencia, como demandantes de empleo, salvo excepciones debidamente justificadas mediante informe técnico.

h)      Que ninguna persona de la unidad de convivencia mayor de 16 años (salvo escolarización) haya rechazado oferta de empleo o acción formativa adecuada a sus capacidades y habilidades en los seis meses anteriores a la solicitud.

i)        Haber cumplido el deber de justificación de las ayudas recibidas y no estar incurso en procedimiento de reintegro, salvo que, en este último caso exista excepción expresa contemplada en esta ordenanza.

j)        Que la persona que tenga derecho a pensión compensatoria o alimenticia haya hecho uso de su derecho a percibirla o este iniciado el proceso para ello, a excepción de quien acredite ser víctima de violencia de género.

Sentido del silencio Administrativo 

Denegatorio

Normativa legal

CÓDIGO SIA

2512672

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
SAN VICENTE DEL RASPEIG/SANT VICENT DEL RASPEIG - P0312200I
Plaza de la Comunitat Valenciana, 1
03690 San Vicente del Raspeig (Alicante)
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