ESTE TRÁMITE DEBE SER FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE, por favor PINCHE AQUÍ Y LEA ESTE DOCUMENTO antes de iniciar la tramitación.
El cambio de escuela deportiva de invierno, verano o escuela de verano “ESTIUXIC” (horario y/o actividad) y, en su caso, la devolución del importe del precio público que corresponda, en función de la fecha de la solicitud.
Personas físicas que estén matriculadas o inscritas como alumnos de escuela deportiva de invierno, verano o escuela de verano “ESTIUXIC” y que hayan realizado el pago del precio público correspondiente o que tengan reconocida exención.
Todo el año.
Presencialmente: en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (CIVIC), sita en la Plaza de la Comunitat Valenciana, 1, de San Vicente del Raspeig, con cita previa.
Electrónicamente: en la sede Electrónica de este Ayuntamiento https://raspeig.sedipualba.es/
-Escuelas deportivas de invierno: Cuando el interesado solicite un cambio de actividad, y la nueva actividad tenga un precio inferior al abonado por la actividad en la que está inscrito, tendrá derecho a la devolución de la diferencia en los siguientes términos y condiciones:
Para que pueda hacerse efectiva la devolución es necesario que el interesado haya presentado justificante de haber realizado el trámite siguiente: CUENTA PARA COBRAR DEL AYUNTAMIENTO (PERSONAS FÍSICAS) TES04. Se exceptúa el caso en que el ayuntamiento ya disponga de la cuenta de la persona interesada. El interesado puede comprobar por sí mismo si el Ayuntamiento tiene o no su cuenta de la siguiente forma: www.rapeig.es > el ayuntamiento (arriba izquierda) > servicios municipales > hacienda > cuenta para cobrar (verificación de si ya le consta al ayuntamiento) (abajo en documentos): descarga un Excel donde tras rellenar el NIF se informa si hay o no cuenta, y, si la hay, los 3 últimos dígitos de la misma. Para realizar el TRÁMITE DE PRESENTACIÓN DE LA CUENTA para cobrar del Ayuntamiento (Personas Físicas) podrá optarse por su presentación electrónica (accediendo a https://raspeig.sedipualba.es/ > catálogo de trámites > servicios relacionados con la ciudadanía > cuenta para cobrar del ayuntamiento (personas físicas, no empresas) o no electrónica (14.1 Ley 39/2015). En este segundo caso, deberá presentar dicha documentación en el CIVIC (Oficina de Asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento), pudiendo descargarse el formulario de www.rapeig.es > ayuntamiento > servicios municipales > hacienda > documentos > cuenta para cobrar (persona física, no empresas) y adjuntar a dicho formulario copia de la libreta de ahorro, extracto o cualquier otro documento bancario donde conste que el acreedor es titular de la cuenta”.
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