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La finalidad del presente trámite es la presentación ante al Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig de la declaración responsable de primera ocupación.
La declaración responsable de primera ocupación es el acto que reconoce y ampara la aptitud para el uso de las edificaciones, ya sea en su totalidad o en alguna de sus partes susceptibles de uso individualizado.
La declaración responsable la debe presentar la persona promotora o propietaria, física o jurídica, o su representante legal, en los términos establecidos la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la puesta en uso de los edificios de nueva planta o de los que han sido objeto de ampliación, rehabilitación integral o cambio de uso, una vez acabadas las obras, para su posterior comprobación de que las obras han sido ejecutadas conforme al proyecto al que se otorgó licencia de obras.
Continuo. Debe solicitarse con carácter previa a la actuación urbanística a realizar.
CASO 1 -Declaración responsable de primera ocupación en vivienda colectiva
CASO 2 -Declaración responsable de primera ocupación en vivienda unifamiliar
CASO 3 -Declaración responsable de primera ocupación por cambio de uso.
CASO 4 -Declaración responsable de primera ocupación para usos no residenciales (locales, naves industriales, terciarios ...)
Una vez recibida la solicitud se remitirá a los servicios técnicos y jurídicos para la comprobación de la documentación. En caso de observarse deficiencias se requerirá a través de resolución su subsanación.
Una vez subsanadas se remitirá a los servicios técnicos de Arquitectura e Infraestructuras para que, previa visita de inspección, emitan Acta favorable de 1º ocupación en caso de que las obras ejecutadas se ajusten al proyecto que sirvió de base para la concesión de la licencia.
En caso de observarse deficiencias en la visita de inspección se requerirá al interesado la subsanación de las mismas.
Las obras realizadas deberán ajustarse al proyecto que ha obtenido licencia, así como a los condicionantes que en la misma se hayan establecido. Las modificaciones de proyecto que supongan alteración de las condiciones de la licencia deberán haber sido objeto de previa modificación de licencia
Con respecto a las Declaraciones de primera ocupación en edificios colectivos (Edificios de uso residencial) (CASO1), deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
Con respecto a las Declaraciones de primera ocupación en vivienda unifamiliar CASO 2, deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
Con respecto a las Declaraciones de primera ocupación por cambio de uso CASO 3, deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
Con respecto a las Declaraciones de primera ocupación uso no residencial CASO 4, deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
Según el artículo 4 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por tramitación de instrumentos de gestión urbanística, licencias, documentos y otras actuaciones de carácter urbanístico, la tasa por las declaraciones responsables de ocupación se calcula en base a la siguiente fórmula:
Tasa = ((M2 útiles* Mod)*Gravamen)
Dónde:
Puede realizar el cálculo de la tasa pinchando AQUÍ